Finjus considera positivas las medidas que regularizan las normas de entrada a las salas de audiencias e instalaciones internas de los tribunales Featured

Recientemente el Consejo del Poder Judicial emitió la resolución número 020/2019 sobre las normas de entrada a las salas de audiencias e instalaciones internas de los tribunales. En esta normativa se observa una serie de reglas que tal y como lo indica su motivación buscan evitar todo tipo de comportamiento que pueda reflejar favoritismo, predisposición o prejuicio de los jueces y del personal administrativo; así también está orientada en asegurar un comportamiento adecuado y una posición equidistante respecto de los usuarios, por lo cual resulta razonable, que en este contexto se retome la importancia de la ética como un tema trascendental en la impartición de justicia.

 

Esta decisión administrativa responde a una serie de presupuestos básicos del proceso judicial, tales son los principios de contradicción e igualdad procesal entre las partes, que representan garantías necesarias para los intereses de los justiciables.

 

Si bien estos principios han sido ampliamente recogidos en nuestro marco jurídico, en la actualidad se orientan particularmente al reflejo de la ética judicial en el día a día de los tribunales. Se sabe que la función jurisdiccional implica razonar más allá de los requerimientos circunscritos y/o positivizados en el derecho formal como deberes jurídicos de base, dando lugar a tomar en consideración aparentes detalles cotidianos que contribuyen a definir la excelencia judicial.

 

Se ha reconocido que uno de los principales retos actuales que enfrenta el sistema de justicia en sentido general es cómo superar las percepciones que indican una baja credibilidad o confianza en grandes capas sociales, como resultado de la combinación compleja de factores en cada uno de sus órganos.

 

Las exigencias que plantea la ciudadanía a la actividad judicial crean las condiciones para que las autoridades de cada órgano del orden judicial adopte las directrices que permitan lograr un sistema fundamentado en la ética que únicamente pueda ejercer el “mejor juez posible para nuestra sociedad, tal como lo ha denominado la doctrina iberoamericana.

 

La preocupación por estos fenómenos a escala regional dieron lugar a la reforma del Código Iberoamericano de Ética Judicial en 2014, cuyos presupuestos se sintetizan en su reflexión que plantea que “…el juez no solo debe preocuparse por "ser", según la dignidad propia del poder conferido, sino también por "parecer", de manera de no suscitar legítimas dudas en la sociedad acerca del modo en el que se cumple el servicio judicial.”

 

Entendemos que esta resolución envía un mensaje inequívoco a todos los miembros del Poder Judicial en el sentido de que todas sus actuaciones deben descansar en la integridad, la responsabilidad y la transparencia,  de forma que cada servidor asuma de manera voluntaria el compromiso institucional con la excelencia en la prestación del servicio de justicia.

 

Desde FINJUS saludamos esta disposición y todas aquellas que encaminen al sector justicia a la materialización íntegra y plena de la tutela judicial efectiva, entendiendo estas medidas como instrumentos adecuados para consolidar la función judicial en el país.

 

 

 

Dr. Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente ejecutivo FINJUS

31 de julio de 2019

 

Media

Leave a comment

Make sure you enter all the required information, indicated by an asterisk (*). HTML code is not allowed.

Search

Popular Posts

Videoteca Canal de YouTube

Siguenos en FaceBook

Siguenos en Twitter

Promoviendo el fortalecimiento de la Institucionalidad Democrática, el Sistema de Justicia y el Estado de Derecho en la República Dominicana.

Estar en contacto

Gustavo Mejia Ricart #104, Torre Piantini Piso 8 Suite 803 , Tel. 809-227-3250, whatsapp 809-227-3259

(809) 227-3250

finjusrd@finjus.org.do

 www.finjus.org.do

deneme bonusu veren siteler