La JCE debe definir vías alternas para el ejercicio del derecho al voto en el exterior en consulta con los partidos Featured

En el marco de la delicada situación que atraviesa el país en razón de la pandemia del coronavirus (COVID-19) se impone la ponderación de un tema de alta sensibilidad, la celebración de las elecciones generales para los niveles presidencial y congresual y su consecuente logística.

Recientemente la Junta Central Electoral emitió una sensata resolución indicando la posposición de las referidas elecciones para el próximo 5 de julio y, en caso de resultar necesaria la realización de una segunda vuelta, para el 26 de ese mismo mes.

De los aspectos tratados en la resolución, quedó pendiente lo relativo al voto de los dominicanos en el exterior; esto, sin dudas genera una necesidad de trazar otros mecanismos que sorteen la presencia física y/o aglomeración de personas, lo cual resulta atinado máxime habiendo indicado ya el Departamento de Estado de Estados Unidos que, en el caso de su territorio, los países que vayan a realizar elecciones lo tendrán que hacer por correo u otro método que no requiera la presencia física.

Los efectos a nivel global de la pandemia ponen sobre la mesa puntos a debatir como el que pudiese plantearse sobre la importancia del voto en el exterior. De esto vale destacar que, el problema radica en la necesidad de repensar las vías para el ejercicio del derecho al sufragio de los dominicanos en el extranjero, y no al ejercicio del derecho mismo, pues ello se trata de la materialización de la premisa de que todo ciudadano −sin importar que se encuentre fuera del país− tiene el mismo estatus en relación a la posibilidad de ejercer sus derechos políticos.

Vale recordar que el voto en el exterior resulta de la deconstrucción de la antigua concepción geográfica de la ciudadanía y, en consecuencia, no surge de una inventiva superflua sino ante la necesidad de adecuarse al contexto del mundo globalizado en que vivimos. Los flujos migratorios desde y hacia el país son una realidad y ha significado que importantes grupos humanos se desplacen a nivel internacional para establecerse permanentemente en el extranjero o para realizar estadías de corto o mediano plazo, lo cual ha generado una serie de situaciones que han afectado las tradicionales categorías de ciudadanía y sus derechos asociados.

De todo esto, resulta esencialmente importante que la Junta Central Electoral, en tanto órgano rector, y dado el contexto que han supuesto las dificultades de las elecciones anteriores, pondere y trace con anticipación, en consulta con los partidos políticos hoja de ruta respecto a la logística de la celebración de estos comicios, específicamente lo relativo al voto en el exterior, ante diversos escenarios que pudiesen presentarse a causa de la progresividad de la pandemia tanto a lo interno de la jurisdicción nacional como en los países de los cuales se espera la manifestación de los votantes de la diáspora dominicana.

Ciertamente la pandemia que, actualmente, nos asola requiere de un esfuerzo que no encuentra todas las respuestas en el limitado contenido de las leyes, sino que, dentro del marco constitucional y legal que nos rige, deben buscarse alternativas, en este caso modalidades efectivas a distancia, que permita cuestiones tan relevantes como la participación y ejercicio de los derechos políticos de la diáspora dominicana.

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo de la FINJUS

 

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