Revisión técnica de proyecto de ley para regular el indulto en República Dominicana Featured

01 marzo de 2021

 

Señor:

Franklin Alberto Rodríguez Garabitos

Senador Provincia San Cristóbal

Congreso Nacional

Ciudad.

 

Honorable Senador:

 Nos complace transmitirle el saludo muy cortés del Consejo de Directores de la Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc. (FINJUS) y mío propio, en atención a la solicitud de revisión técnica del proyecto de ley para regular el indulto en República Dominicana que usted remitiera a la comisión de justicia del Senado, tenemos a bien presentar algunas consideraciones.

 

En primer orden, saludamos la disposición de trabajar en un instrumento normativo que regule la figura del indulto de acuerdo a los lineamentos constitucionales. Por ello, desde FINJUS consideramos importante que esta medida jurídica sea debidamente regulada, de manera que se conceda en el marco de los criterios adecuados y para que sirva al propósito constitucional que la crea de acuerdo al artículo 127, literal j de la Constitución de la República Dominicana.

 

A esto se le suma el hecho de que El 15 de julio del 2015, el Tribunal Constitucional, al conocer un caso sobre el tema de indultos, emitió la sentencia TC/0189/15, en la que exhortó “al Congreso Nacional para que en el ejercicio de la función legislativa que le es propia, subsane ese vacío normativo regulatorio del indulto con la aprobación de una ley.”

 

La Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y los Procedimientos Constitucionales No. 137-11, mediante el artículo 47 párrafo III, establece que el Tribunal Constitucional adoptará, cuando lo considere necesario, sentencias exhortativas o de cualquier otra modalidad admitida en la práctica constitucional comparada.

 

Esta exhortación del Tribunal Constitucional a las Cámaras Legislativas para la pronta aprobación de la Ley de Indultos posee absoluto fundamento y, para evitar la reiteración de vacíos normativos, desde FINJUS consideramos que ha de ser tomada muy en cuenta.

Visto todo lo expuesto anteriormente y, tal como indicó el Tribunal Constitucional, coincidimos en la necesidad de que se inserten con precisión en el ordenamiento jurídico dominicano las condiciones idóneas para proceder a la selección de los candidatos a indultos, las modalidades que podrían usarse, los procedimientos adecuados y las excepciones que contemplaría, dentro de los límites constitucionales y los acuerdos internacionales.

 

Desde FINJUS valoramos de manera positiva todas las medidas regulatorias que se adopten para asegurar estos objetivos que contribuyan al fortalecimiento de la institucionalidad democrática; en ese sentido tenemos a bien remitir de manera adjunta una propuesta de proyecto de ley para regular el indulto que fue trabajada y consensuada desde la institución en el marco de la comisión creada en 2017, por el entonces presidente de la Cámara de Diputados Rubén Maldonado.

 

Esta propuesta contiene otros elementos que, entendemos, deben ser considerados para una redacción final de la normativa regulatoria del indulto, tales son la tipología de indultos, los efectos de esta prerrogativa, requisitos, exclusiones, entre otras.

 

Agradecemos muy sinceramente su atención a estas reflexiones, producidas con el interés de aportar nuevos elementos para enriquecer la labor que se realiza desde el Senado.

 

Aprovechamos la ocasión para manifestarle nuestra alta consideración y saludos.

 

Muy atentamente,

 

Dr. Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo de FINJUS.

 

Anexo: Propuesta de anteproyecto de ley de indulto preparada por FINJUS en el marco de la comisión creada, en 2017, por el presidente de la Cámara de Diputados Rubén Maldonado.

 

 

 

 

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