Kenia Franco

Kenia Franco

"Servicios Públicos y Ciudadanía en el Estado Social de Derecho" a cargo del Dr. Servio Tulio Castaños Guzmán, Vicepresidente Ejecutivo de FINJUS

La discusión del tema que nos convoca se encuentra situado en el centro de nuestro sistema democrático. Algunas personas no logran captar la relación intrínseca entre la finalidad del Estado y la calidad de vida de los ciudadanos en cualquier sociedad.

 

A las preguntas sobre cuáles son los roles respectivos del Estado y la sociedad, y cuál es la naturaleza de la interacción entre ellos, le siguen una gran variedad de respuestas que se podría agrupar en los extremos, como los que representan los absolutismos, sin importar su matiz ideológica, o se ubican en posiciones intermedias que terminan muchas veces mediatizando o limitando el potencial de ambas partes inseparables y mutuamente necesarias.

 

Podemos decir sin temor que la gestión de los servicios públicos a manos del Estado requiere de una estrategia que desborda la etapa de la entrega de los bienes a la población, porque en un régimen democrático, donde el poder emana del pueblo y lo legitima continuamente, la sociedad está convocada a participar en todas y cada una de las etapas del desarrollo de las políticas públicas, es decir, en  el diseño, planificación y ejecución de éstas, pues las problemáticas sociales que se buscan solucionar ameritan de una integración ciudadana oportuna y temprana, lo que está íntimamente relacionado con el fortalecimiento de la representación política.

 

Nuestra Constitución, refiriéndose al interés colectivo, establece que los servicios públicos están destinados a satisfacer las necesidades del conjunto de intereses que vinculan a la ciudadanía y a la Administración Pública, como encargada de proveer y dar respuesta a las necesidades que reflejan el desarrollo social y económico de la sociedad.  En su artículo 147 plasma la relevancia de que el Estado proporcione servicios públicos de calidad, los cuales deben estar sujetos a los principios de eficiencia, transparencia y continuidad.

 

La participación ciudadana en los asuntos públicos legitima la democracia y requiere, como condición sine qua non la creación de un sistema que favorezca la calidad de los procesos que sustentan una cultura política que fomenta el desarrollo humano y la gestión eficiente de los servicios públicos. Ser partícipes de un Estado Social y Democrático de Derecho significa operar bajo el entendido de que la búsqueda del bienestar y la felicidad de las comunidades está por encima de cualquier otra consideración, y alude al ‘deber ser’, según el cual todos los individuos gozan del respeto de su dignidad intrínseca y de sus derechos fundamentales.

 

Cuando evaluamos, aunque sea someramente, la eficiencia y calidad de los servicios públicos encontramos, en principio, que están afectados de deficiencias históricas que son el producto de la falta de coordinación en los entes de la administración responsables de los mismos y su alejamiento de los ciudadanos. El interés público fundamenta la actuación de la Administración Pública, y este principio debe orientar la intervención y gestión estatal en todos los aspectos, asegurando el bien común como fuente primaria de los elementos objetivos que suponen la defensa del interés general.

 

El estudio de los servicios públicos agrupa todas las actividades que tienen por finalidad prestar asistencia en provecho de la ciudadanía como entes objeto de la regulación estatal. Es de vital importancia que la Administración Pública mantenga un balance entre satisfacer las necesidades de las personas y a la vez proteger sus derechos en igualdad de condiciones. Por lo tanto, proporcionar la salvaguarda eficaz de los derechos sociales, culturales y económicos, cuyo valor defendido es la igualdad, permite garantizar condiciones de vida dignas basados en el respetando los intereses colectivos bajo políticas integrales enfocadas en el desarrollo sostenible de la sociedad.

 

Analizar los servicios públicos en el marco de un Estado Social de Derecho implica evaluar cómo el Estado garantiza mínimos vitales, entendidos como las condiciones suficientes para la estabilidad de las personas, que incluyen el acceso a servicios de salud eficientes, derecho a una alimentación y agua potable sostenible, seguridad ciudadana, entre otras cosas. Un Estado como el nuestro, regido por un ordenamiento normativo que regula las diferentes actuaciones de los entes u órganos que lo conforman, debe promover la solidaridad como valor imprescindible en el amparo del interés general.

 

Tal como plantea nuestra Constitución, para la gestión de los servicios públicos el Estado requiere de un diseño institucional para regular las actividades, de forma que tanto los derechos fundamentales como los deberes institucionales, puedan conjugarse para ejecutarse en atención a los intereses de la nación. Hablar de servicios públicos en nuestra realidad y organización institucional no únicamente propone ofrecer condiciones de vida digna a los ciudadanos, significa, en igual medida, asegurar un desarrollo sostenible en condiciones de calidad con acceso a energía eléctrica estable, transporte seguro y transmisión adecuada de las telecomunicaciones, como la telefonía móvil, el internet y la radionavegación.

 

Este proceso de conjunción y coordinación entre los servicios públicos y los niveles de institucionalidad, se debe producir en un marco de principios, normas y prácticas destinadas a proveer recursos asequibles a los diversos actores de la ciudadanía. La institucionalidad pública integra valores, ideas y conductas para estructurar la sociedad. Un elemento esencial de su conformación lo representa la existencia de un personal capacitado e idóneo que, con una estructura organizativa adecuada, pueda desplegar su asistencia para alcanzar la permanencia y uniformidad que persigue el fin social del Estado.

 

Al observar los principios y características que son inherentes a los servicios públicos, tales como la responsabilidad, la tolerancia, la eficiencia, la proporcionalidad y la calidad, el diseño público institucional de cada ente u órgano garante de las prestaciones públicas, debe estar formulado para atender y actuar dando respuesta a los estándares correspondientes, para velar por el desarrollo integral de cada ciudadano.

 

Todos los servicios ofrecidos a la ciudadanía deben ser articulados de manera que observen y atiendan la uniformidad en la prestación de estos. En este contexto prima la universalidad, la transparencia y la subsidiariedad como principios rectores para asegurar a la población la existencia de sujetos legítimos que velen por sus derechos y que a la vez gocen de la libertad de acceder a servicios sin trabas burocráticas, que, dicho de otro modo, sea de modo libre y expedito.  

 

La Administración Pública está sujeta a los principios de objetividad y coordinación, por lo tanto, su función busca regular, diseñar, aprobar, ejecutar, fiscalizar y evaluar políticas públicas o suministrar servicios públicos. En el orden de lo anterior, cabe resaltar que la Ley No. 167-21, sobre Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites, establece los lineamientos dirigidos a la articulación de las políticas públicas a fin de materializar el incremento de la calidad regulatoria y los trámites administrativos, para evitar la obstaculización de los procesos y garantizar un acceso efectivo a los servicios públicos.

 

Aplaudimos esta iniciativa porque viene a poner en el centro del debate la cuestión no sólo de la calidad de la prestación de los servicios públicos, sino a aportar mecanismos de participación de la sociedad en la definición de las políticas públicas y de la efectiva realización de los derechos fundamentales que consagra nuestro ordenamiento jurídico.

 

Para concluir, los servicios públicos obligan jurídicamente al Estado a desarrollar un papel determinante en el desarrollo social y económico. A su vez, su vital importancia constituye una condición sine qua non para la eficiencia de la Administración Pública. En un Estado Social es de especial relevancia elaborar políticas públicas destinadas a garantizar la igualdad, la solidaridad y el acceso a condiciones de vida de calidad para el bienestar de la ciudadanía. Es por esta razón que nuestras instituciones públicas deben velar por la adecuada gobernabilidad de sus actuaciones, contando de principios rectores como instrumento crucial para la legitimación de la acción gubernamental. En este panorama, se reitera la importancia del respeto y reconocimiento de los derechos fundamentales de las personas, cuyas garantías para su protección deben estar siempre al alcance de la ciudadanía.

 

En pocas palabras, hoy estamos en las mejores condiciones para hacer realidad el anhelo histórico de grandes sectores sociales de ser agentes de cambio y actores de su propio destino, y les expreso la disposición y compromiso de la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), de acompañar este proceso y apoyar la creación de las mejores condiciones para que el empresariado, las organizaciones sociales. las comunidades académica y jurídica y todos los ciudadanos comprometidos con la democracia, ayudemos a dar el salto a la madurez política y social que requiere nuestra nación.

 

Muchas gracias

 

 

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

26 de septiembre, 2023

 

 

Ponencia del Dr. Servio Tulio Castaños, Vicepresidente Ejecutivo

Política Integral anticorrupción en América Latina y el Caribe

 

  • Rol de los órganos de control como política integral

 

Los órganos de control promueven la transparencia y la legalidad de las actuaciones de la administración pública para detectar, prevenir y contrarrestar los actos de corrupción que puedan presentarse en la sociedad. En este sentido, por medio de un proceso reglamentario legal, apoyado de prácticas tales como la realización de auditorías y revisiones periódicas en los distintos procedimientos que llevan a cabo las instituciones gubernamentales, se plantean como rol principal erradicar todas las actuaciones que busquen quebrar de manera deliberada el ordenamiento jurídico por medio de cualquier tipo de corrupción, siendo las más destacadas la política y la económica.

 

Estos órganos juegan un papel especial como encargados de establecer y ejecutar políticas integrales para la prevención de la corrupción. Sin embargo, esta función anti corruption o anti rumpere de la cual pudiese decirse que a simple vista estos órganos buscan evaluar y realizar, se complementa con su labor añadida proveniente de la sanctio o sanctionis que se encarga de, tal y como su nombre permite inferir, de establecer sanciones penales, civiles o disciplinarias a aquellas conductas legalmente prohibidas.

 

Ahora bien, dirigiendo nuestra atención a un punto de vista más práctico, en la República Dominicana estas entidades de la cual venimos teorizando la encontramos conjugadas en órganos como, por mencionar algunos, la Contraloría General de la República, el Ministerio Público, la Cámara de Cuentas, la Defensoría del Pueblo, los tribunales encargados de impartir justicia, entre otros.

 

Lo interesante aquí es que, si bien todos estos órganos en su conjunto se relacionan porque buscan ejercer una potestad de orden y control, cada uno de ellos está limitado a un ámbito y a una función especial. Por lo que se refiere, en el caso de la Contraloría General de la República, por ejemplificar, es el órgano encargado del control interno gubernamental de los fondos y recursos públicos, mientras que, por su parte, la Cámara de Cuentas se encarga del control externo de los recursos públicos, de los procesos administrativos y del patrimonio del Estado.

 

En esta tesitura, por igual resulta señalar el Ministerio Público como el organismo encargado de la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad, dirige la investigación penal y ejerce la acción penal pública en representación de la sociedad. Es decir, en todo momento el Ministerio Público implementa políticas integrales para ejecutar las funciones jurídicas que, por la Constitución y la Ley, le han sido conferidas.

 

Ningún país es inmune a la corrupción. La lucha contra este fenómeno se mantiene vigente como uno de los objetivos principales para el desarrollo íntegro de cada Estado. Para este cometido se formulan estrategias y programas para la detección y sanción de estos hechos. Es por medio de políticas integrales que se permite enmarcar al Estado dentro de actuaciones pertinentes para contrarrestar las diferentes formas en la que la corrupción puede manifestarse. Por esta razón es que existe la delimitación de funciones y el alcance de los poderes. Una vez se cuenta con organismos especializados para cada materia, es más fácil hacer frente a los diversos factores que se pueden presentar.

 

Es importante destacar que este rol debe ser estratégico, eficiente y oportuno, la mejora de la gestión económico-financiera del sector público depende en gran manera de cómo los fondos públicos son administrados. Así, estas actividades deben estar reglamentadas dentro de actuaciones de carácter estrictamente jurídico.

 

  • Como fortalecer las estrategias que complementan a los actores de justicia

 

Al hablar de actores de justicia es imposible no mencionar el Poder Judicial como el encargado del discernimiento normativo, que, dicho de otro modo, es el responsable de impartir justicia siguiendo los parámetros establecidos en las normas. Para este cometido se auxilia de actores por medio de los cuales imparte su potestad de iustitia, de aquello que se considera como lo justo y de juzgar cada situación según el contexto que le corresponda.

 

De este modo, visto como una herramienta para fomentar los valores como bien común para la sociedad y la armonía entre sus integrantes, es sustancial aplicar pautas y criterios que permitan identificar un marco normativo oportuno para las relaciones entre las personas y las instituciones.

 

En sociedades como las nuestras, que venimos luchando contra sesgos corruptivos que por décadas nos han acompañado, es fundamental tomar en cuenta que para fortalecer las estrategias que complementan los actores de justicia hay que, primero, realizar un análisis objetivo de la autorregulación del sistema y su capacidad de respuesta a los casos de corrupción y, segundo, formular, implementar y evaluar políticas que faciliten una administración pública eficaz que garantice los derechos a las y los ciudadanos, de manera que funja de límite primordial para detener la corrupción y las violaciones de derechos humanos.

 

En estos últimos años, caracterizados por el desarrollo de la tecnología y la globalización, los estándares estratégicos para el fortalecimiento de la justicia son cada vez más tediosos, razón por la cual garantizar que la legislación vigente esté a la par con los avances sociales y económicos resulta más eficiente en la toma de decisiones. Estas estrategias giran en torno a la multifuncionalidad e interdisciplinariedad de lograr un equilibrio entre los intereses de la nación y promover el bien común y general de la sociedad.

 

En la aplicabilidad de la norma jurídica para impartir justicia son varias las cuestiones que entran en debate. Si bien se busca lograr un sistema donde la corrupción se reproduzca en los niveles más mínimos, cabe admitir que toma más relevancia el hecho de asegurar que los encargados de impartir justicia y/o actores y auxiliares de la justicia mantengan su discrecionalidad y sentido de responsabilidad en las actuaciones que realizan.

 

Nuestra Constitución es clara cuando establece en su artículo 4 el carácter de independencia y objetividad con el que cuenta cada encargado de ejercer sus funciones en el marco de la separación de los poderes al decir que: “Sus encargados son responsables y no pueden delegar sus atribuciones, las cuales son únicamente las determinadas por esta Constitución y las leyes”.

 

Con tan sólo dedicar unos minutos de estudio a estas líneas podemos realizar un análisis de gran valor. Es la misma Constitución que nos dice que cada representante sobre el cual recaiga la responsabilidad de velar por el bien común del Estado, debe hacerlo con un gran sentido de responsabilidad y por cuenta de lo que la Ley misma establezca, es en ese preciso momento en donde, a modo de analogía con el juramento hipocrático que realiza un actor de la salud, cada encargado de la justicia se compromete a cumplir con su función al más alto nivel.

 

Disponer de estrategias que permitan fortalecer el sistema de justicia y los actores en él involucrados no es tarea de un solo día. Se requiere de un trabajo constante que incorpora el estudio continuo de las actitudes y aptitudes de cada actor. Detalles como procurar la objetividad de los jueces en cada caso y asegurar la preparación jurídica constante de nuestros fiscales es una tarea que ha de mantenerse con gran firmeza.

 

De manera resumida, para fortalecer las estrategias que complementan a los actores de justicia se necesita tomar en cuenta medidas como:

 

  • Un régimen sancionador fuerte.
  • Mantener la transparencia y el buen gobierno de los órganos de control.
  • Promover un acceso a la información pública funcional y continuo.
  • Evaluar la importancia de la participación ciudadana en la mejora de las políticas públicas.

 

  • Corresponsabilidad de la OSC en la formulación de políticas integrales anticorrupción

 

Las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) podrían definirse como entidades privadas que, entre otros objetivos, buscan fomentar la participación ciudadana, promover el respeto de los derechos humanos y aportar soluciones en el arreglo de problemáticas sociales. Son entes no partidarios, pues su función es promover los valores, principios y deberes jurídicos para fortalecer el bien común.

 

Las OSC, por naturaleza, tienen un rol de gran relevancia en el combate a la corrupción. Al momento de diseñar políticas integrales conjugan un componente importante añadido por la gobernabilidad democrática. Son una fuente palpable de asistencia ciudadana, pluralidad de ideas y representan los grupos sociales vulnerables. La lucha contra la corrupción requiere de organizaciones de la sociedad civil que trabajen en conjunto con otras instituciones tanto privadas como públicas de manera cooperativa.

 

Las relaciones entre las OSC y los gobiernos no son fáciles de establecer, sin embargo, la cooperación entre una y otra es una fuerte arma contra la corrupción. Contribuyen a impulsar la implementación de procesos democráticos transparentes en el respeto de los derechos humanos. En este sentido, no es solo el reconocimiento de la voluntad política, sino que el respeto a la pluralidad, canales de comunicación eficientes y el intercambio oportuno de conocimientos, como mesas técnicas de dialogo para el traspaso de información, son solo algunos de los beneficios que representan.

 

Gran parte de las OSC realizan estudios de campo de la sociedad civil como ejercicio propio, razón por la cual al momento de implementar políticas integrales es conveniente compartir data entre el gobierno central y la organización como tal. Es por esta razón que gran parte de las organizaciones de la sociedad civil son depositarias de experiencia y conocimiento, por lo cual son un canal efectivo de iniciativas beneficiosas para dar forma a las políticas.

 

Trabajar en conjunto con las OSC presenta una integridad corporativa compartida que hace obligatorio para todas las organizaciones del sector privado el cumplimiento de un estándar mínimo de entereza por medio de la implementación de programas anticorrupción que requiere de procesos e instituciones judiciales eficaces.

 

La salvaguarda de la dignidad, la libertad y la igualdad son valores esenciales promovidos por la democracia. Por medio de estos las OSC formalizan un conjunto de reglas que son las nociones básicas sobre las cuales se sustenta la toma de decisiones. La capacidad de acceder a los recursos económicos y las oportunidades de mejora implican repensar la dimensión democrática y estimular un sistema que verdaderamente esté enfocado en los intereses del pueblo más que el sesgo de los representantes.

 

Para que la ciudadanía esté formada libre y responsable en la construcción de una sociedad racional, debe ser libre de tener una formación y participación cívica en valores y deberes identificados tanto en el ámbito público como privado. Es requisito esencial que la población tenga dominio de los principios que implica la democracia, como ello estimula su participación en los asuntos estatales.

 

Casos positivos en República Dominicana. Para cerrar esta participación cabe resaltar los casos positivos en la materia que presenta nuestro país. A este respecto, destacamos el esfuerzo que la República Dominicana ha realizado en incrementar la transparencia de los procesos gubernamentales y de tomas de decisiones. Por ello, el acceso a la información pública ha tomado una notable relevancia para mantener a la sociedad informada de cada acción que realizan los órganos y entidades nacionales.

 

Desde este punto de vista, hacemos hincapié en la labor de la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEP-CA), amparada por la Constitución y la Ley Orgánica del Ministerio Público No. 133-11, cuyo objetivo principal es perseguir y someter los hechos de corrupción que afectan al sector público en el Estado Dominicano.

 

Así pues, entre otros, los avances que se presentan en la lucha contra la corrupción y la mejora del Sistema Dominicano de Justicia son notorios. Destacamos la independencia judicial y la independencia del Ministerio Público para asegurar la institucionalidad democrática y el desarrollo sostenible. A la vez, señalar la Unidad Antifraude de la Contraloría General de la República, que ha venido realizando un trabajo excepcional en las investigaciones especializadas objeto de señalamientos por conductas enmarcadas como actos de corrupción, prácticas irregulares o erradas.

 

Finalmente, felicitamos el esfuerzo que la sociedad dominicana ha materializado de manera clara en las últimas décadas que aspira a vivir en el marco de un sistema democrático plural, representativo, transparente y basado en reglas claras y justas. Comprender la importancia del alcance de las políticas integrales para contrarrestar la corrupción y proteger los derechos humanos es de suma importancia, debe procurarse el respeto a la dignidad humana y garantizar mecanismos eficientes para mitigar las situaciones de vulnerabilidad que puedan presentarse en el sistema.

 

 

 

 

Martes, 04 Julio 2023 14:19

Derecho a la intimidad y el honor

2 de julio, 2023  

                                                                                                                             

Señor

Nelson Rodríguez   

Director del periódico El Caribe

Su Despacho

 

                                                                                                                                                                                   

Ref.:  Derecho a la intimidad y el honor.

 

Distinguido director:

 

Luego de haber examinado las prácticas que violan el derecho a la intimidad y el honor, así como percatado de que la CNDH-DR elevará una acción de amparo ante el Tribunal Constitucional para detener estas acciones, por medio de la presente tengo muy a bien comunicarle lo siguiente.

 

La protección del derecho al honor, la intimidad personal, la dignidad, la moral, y la propia imagen de las personas constituyen derechos esenciales para todo ser humano en el desarrollo de su vida y es deber del Estado garantizar su debida garantía. Tanto el derecho a la libre expresión del pensamiento como el derecho de acceder a las informaciones no constituyen derechos absolutos, pues su ejercicio está limitado al marco de la efectividad y salvaguarda de los demás derechos.

 

Es por esta razón que, en la TC/0092/19 se nos indica que las limitaciones formuladas en base a la libertad de expresión e información deben estar bien formuladas, pues de emplear medios que den lugar a ambigüedades limitaría su ejercicio a una interpretación desproporcionada. La dignidad humana es un derecho que viene añadido por el valor inherente que cada ser humano tiene tomado en cuenta como ser individual con condiciones particulares.

 

El derecho al honor, en conjunto con la buena reputación y la protección de la propia imagen, se encuentra recogido en una esfera privada en cuanto a la percepción y consideración social de una persona en relación con sus virtudes. En la misma línea, encontramos el derecho a la privacidad, mismo que, a pesar de ser un límite directo a la libertad de expresión e información, opera con ciertas excepciones que, para el caso de la especie, deben ser evaluadas.

 

Este derecho para su defensa toma en cuenta tanto (i) el nivel de interés público que posea la información como (ii) las circunstancias en que la información es recibida y publicada o compartida. Como figura privada, cada persona decide lo que quiere compartir al público y lo que no. En este sentido, salvo consentimiento explícito de la persona acreedora de la información, el derecho a la privacidad prima sobre el libre acceso de datos de otra persona.

 

Los medios de comunicación, como canales por medio de los cuales se transmite la información, igual actúan bajo las limitaciones antes señaladas. Sin embargo, cabe destacar, en esencia, a los medios informativos tales como noticieros y periódicos que poseen un derecho y deber de informar que opera bajo los valores jurídicos de la deliberación libre y la búsqueda de la verdad. Por esta razón, en principio, se presume que las informaciones que comparten son verdaderas, pues su función es mantener a la sociedad conectada con los acontecimientos de su alrededor.

 

A este campo se suma el interés y el orden público, que siendo difícil su conceptualización, pudiesen entenderse como hechos que implican el bienestar de la sociedad y que buscan preservar bienes y valores jurídicos a fin de otorgar una adecuada tutela.  No obstante, el problema se aprecia al confundir o tachar de interés público con derecho de información e invadir la esfera intima de cada persona.

 

El ejercicio profesional de la información es una labor principalmente ejercida por los periodistas.  En estos casos acontecen situaciones excepcionales que involucran la participación institucional de entidades como la Policía Nacional y la Dirección de Control de Drogas (DNCD), entre otros. A este tenor, la labor periodística está supuesta a ser veraz y objetiva, por lo que no puede atentar contra la honra, la privacidad y la reputación de las personas.

 

Bajo esta línea de análisis, la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) ha detectado casos que francamente vulneran todo el catálogo de derechos que se ha venido mencionando hasta ahora. Se aprecian situaciones como la exposición de fotografías intimas a gran escala tomadas de supuestos informativos y mal manejo en el acceso que se otorga al público a las áreas de escenas investigativas (como crímenes, por ejemplo).

 

Ciertamente, estamos frente a un caso que debemos analizar minuciosamente. Los medios comunicativos como canales informativos operan bajo limitaciones expresas que encontramos en compuestos normativos como la Ley 136-03 para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, la Ley 192-19 sobre Protección de la Imagen, Honor e Intimidad Familiar Vinculados a Personas Fallecidas y Accidentadas, la Ley 6132 sobre Expresión y difusión del Pensamiento, la Ley 200-04 de Libre Acceso a la información pública, entre otras.

 

Así como sus limitaciones, es menester que, por igual procedencia, ponderemos supuestos que se involucren cuestiones de interés público y que requieren de mayor alcance. Recordemos que la libertad de expresión e información no está para protegernos de divulgaciones que simplemente nos resulten incomodas o de lo que no queramos escuchar. Como medio comunicativo se cumple con el deber de informar. Ahora bien, es responsabilidad individual de cada ciudadano lo que considera como veraz según sus propios lineamientos.  

 

Dada la aclaración anterior, en casos que son de naturaleza enteramente privada la FINJUS reconoce que la intimidad se antepone como condición que permite a una persona excluir a otros sujetos cierto tipo de informaciones, como imágenes, por mencionar. La intimidad y privacidad constituyen un límite que no puede ser infringido por nadie. Acá opera un derecho de exclusión que se extiende hasta el deber informativo que incluye a los periodistas e instituciones. Debido a ello, ningún organismo, así sea público o privado, tiene derecho a llegar a una escena de naturaleza privada y compartir información sobre datos sensibles que violen los derechos de las personas. Es principio fundamental que la imagen y/o fotografía de una persona solo puede ser reproducida con su consentimiento.

 

Hay casos en que la Constitución garantiza un acceso limitado a las instituciones del Estado, por lo que toda acción que vulnere la intimidad de una persona se considera como atentado a su privacidad. Resulta evidente que apartados informativos que denoten la publicación de imágenes, nombre completo, dirección y hasta incluso la edad de una persona constituye una alarmante invasión a la privacidad e intimidad de cualquier ciudadano, siempre que estemos bajo un incidente de índole privado y apartado del interés público.

 

Como Institución, corroboramos el hecho de que por parte del cuerpo policial y el Ministerio Público en la mayoría de los casos, por el inapropiado manejo de las escenas de investigación, se muestra y facilita datos de gran sensibilidad que incluye desde fotos explicitas de apresados hasta imágenes de cadáveres. No obstante, cabe aclarar que, si bien la difamación ataca el honor de una persona, esta situación no quiere decir que, por sí sola, da lugar a que se consuma el delito. Para que el delito de difamación tenga lugar deben conjugarse sus elementos constitutivos, entre los cuales se destaca alegar un hecho concreto que afecte la moral de una persona y la intención de querer causar el daño. Por lo anterior, entendemos que, si bien hay debilidades institucionales en la administración de información privada, resulta desmedido alegar difamación.

 

FINJUS recomienda que en cada caso de investigación llevado a cabo por los cuerpos policiales y que involucren al Ministerio Público y demás organismos, manejar el acceso y libertad de actuación con la información de la escena. Pues, así como se presenta débil resistencia en el proceso riguroso de investigación, que da lugar a que se contamine material probatorio, por igual se comparten datos que son de naturaleza privada y que deben únicamente utilizarse con fines investigativos por órganos facultados para ello a fin de evitar intromisiones ilegitimas.

 

 

Finalmente, comprender la importancia del alcance de los derechos humanos es de suma importancia. Deben presentarse políticas en respeto a la dignidad humana y que garanticen mecanismos eficientes para mitigar las situaciones de vulnerabilidad que se presentan a diario.

 

Agradecemos su atención a estas consideraciones, formuladas con el objetivo de contribuir al fortalecimiento de nuestra institucionalidad democrática.

 

Muy atentamente,

 

Dr. Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo de FINJUS.

 

 

 

 

La reciente publicación del Índice de Capacidad para Combatir la Corrupción en el 2023, producido por las organizaciones internacionales Americas Society y el Consejo de las Américas, reconoce que la República Dominicana ha continuado mostrando un claro avance en la labor de persecución, control y enjuiciamiento de actos que han sido denunciados como hechos delictivos en perjuicio el patrimonio público.

 

Este reconocimiento se obtiene por tercer año consecutivo. Para justificar el avance sostenido en esta materia, el Informe recoge la mejoría en la capacidad legal del Estado para tipificar delitos vinculados con la corrupción, la mejor proyección del Ministerio Público y el Poder Judicial, para conocer, investigar, acusar y sostener los procesos jurisdiccionales correspondiente en una serie de sonados casos que están siendo juzgados en los tribunales de la República.

 

El informe reconoce que dichos avances representan una posición aventajada del país con relación a otras sociedades que en el pasado exhibieron elevados índices en su Capacidad de lucha contra la corrupción.

 

La publicación, que es recogida por todos los medios de comunicación, incrementa la percepción en la comunidad internacional de que el país se ha convertido en un lugar seguro para acoger la inversión económica internacional y un espaldarazo a la confianza por la creciente fortaleza de la seguridad jurídica.

 

Al mismo tiempo, FINJUS destaca varios retos que son imprescindibles para sostener los actuales índices que se reflejan en Informe, como son la necesidad de la elaboración de los reglamentos que ordena la Ley de Extinción de Dominio, como parte de su implementación; la urgencia de que sean introducidos los cambios profundos que amerita la Ley de Compras y contrataciones; la necesidad de que el Código Penal sea reformado para recoger los nuevos tipos penales contra la corrupción y delitos conexos y por último, la urgencia de que la normativa sobre la Cámara de Cuentas se modifique para que esa importante institución sea un verdadero instrumento de control de los órganos del Estado.

 

 

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

27.06.2023

Santo Domingo 22 de junio de 2023 .  La Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) celebra en su cuarta edición, la Semana del Derecho y los Negocios: Santo Domingo 2023 , que reúne a los más connotados expertos nacionales e internacionales en temas de Derecho Mercantil y Financiero, Gobierno Corporativo y Tecnología Aplicada a los Negocios.

 

El evento, el más importante en el ámbito empresarial jurídico realizado en el país sobre el tema, se llevó a cabo los días 22 y 23 de junio en el Hotel Real Intercontinental Santo Domingo  y está especialmente dirigido a los miembros de la comunidad jurídica y al sector empresarial (abogados, estudiantes de derecho, magistrados, académicos, etc.) y funcionarios públicos que se relacionan con los límites de regulación y desempeño del sistema financiero y económico.

 

La SDN 2023 es un evento que se realiza cada dos años y que tiene como objetivo abordar los temas más avanzados en materia de derecho y su relación con los negocios. En 2023 trataremos los temas de gobierno corporativo, mercado financiero, responsabilidad sostenible e integral y el uso de la tecnología y el derecho (Openbanking, FinTechs, etc.), coordinado por el Lic. Omar Victoria Contreras de la Firma VO. 

 

Algunos de los invitados internacionales que participaron son: Benjamín G. Chew (Estados Unidos), Aurelio Gurrea Martínez (España), Camille M. Vásquez (Estados Unidos), Fernando Igartúa (España), Roberto Fernández Villarino (España), Nydia Remolina ( Colombia), Adolfo Rouillón (Argentina), Susana Hidvegi (Colombia) y junto a ellos connotados especialistas en el Derecho y los Negocios del país como Enmanuel Cedeño y Omar E. Victoria, entre otros.    

      

La actividad cuenta con el patrocinio de Banco Popular, ABA, Asociación Cibao de Ahorros y Préstamos, Asociación Popular de Ahorros y Prestamos, Bandex, Banreservas , Grupo Puntacana, Grupo Rica, Grupo Universal, IMCA, INICIA, Jaraba Import, Medina Garnes Abogados, Multiquímica, Oficina Bobadilla, Superintendencia de Bancos, Castillo & Castillo, Castaños & Asociados, OV, PRODOMINICANA. 

26 de mayo del 2023.

 

Señor

Miguel Franjul   

Director del Listín Diario.

Su Despacho.

 

Distinguido Señor Director:

 

Tras la lectura el artículo del Listín Diario que recoge las preocupaciones expresadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos con relación al congestionamiento carcelario y posibles afectaciones de derechos humanos, deseo compartir con Ud. algunas reflexiones sobre este importante tema.

 

La dignidad humana, cuya protección constituye una responsabilidad esencial de los poderes públicos (artículo 38, Constitución de la República Dominicana), pese a su grado de subjetividad y difícil conceptualización, ha sido definida por el Tribunal Constitucional Dominicano por medio de sentencia TC/0081/14 como: “el valor inherente al ser humano en cuanto ser racional, independientemente de su raza, condición social o económica, edad, sexo, ideas políticas o religiosas. Es el derecho que tiene cada ser humano de ser respetado y valorado como ser individual y social con sus características y condiciones particulares”.

 

La dignidad del ser humano es inviolable y constituye un derecho fundamental, incluso  para todas aquellas personas privadas de libertad. Debe respetarse su integridad física, psicológica y moral, ofreciendo condiciones sanitarias eficientes encaminadas a ofrecer un trato humano justo. Dada la particular situación de estas personas, que operan bajo una libertad limitada en ponderación de un bien mayor, es deber del Estado garantizar sus derechos y cumplir con la finalidad de la privación, dirigida al logro de la readaptación social y rehabilitación de la persona penalizada, a fin de que, paulatinamente, pueda reintegrarse en la sociedad.

 

La realidad dominicana se condensa en que la demanda de los espacios para los internos en los recintos penitenciarios excede la capacidad física de las instalaciones, provocando una sobrepoblación en esos centros, causado por el retardo judicial, la deficiencia en las infraestructuras y el excesivo uso de la prisión preventiva. Este problema, tratado como hacinamiento carcelario, fomenta la transmisión de enfermedades, altos niveles de violencia, condiciones de salud deficientes y dificultad para acceder a los servicios básicos.

 

Una de las causas principales de esta deplorable situación, entre otras, proviene de que algunos internos, pese a haber cumplido el período de la medida privativa, continúan sin disfrute de su libertad. Estos privados sufren de manera desproporcionada enfermedades, mala alimentación, violencia y maltratos físicos y psicológicos, como los casos que ha trascendido en los últimos días, llamando la atención de la población nacional.

 

La comisión de delitos y crímenes trae como consecuencia sentencias judiciales que imponen la privación de la libertad y la restricción de derechos. No obstante, hay otros derechos que son especialmente vulnerados a los internos en las prisiones. Debemos reconocer que no todas las personas privadas de libertad gozan de la misma igualdad, ocasionando distinciones por el nivel socioeconómico que ocupan. Para la gran mayoría se agravan los problemas relacionados con la alimentación, los servicios sanitarios, las condiciones higiénicas y el saneamiento ambiental, que dan lugar a altos niveles de violencia y riesgo en su integridad personal.

 

Muchas veces parece olvidarse que el objetivo de la privación de la libertad es lograr su reforma y reincorporación a la sociedad, lo que en las condiciones predominantes en la actualidad hacen a estos objetivos como muy difíciles de alcanzar. Estos escenarios precedentemente destacados, se reflejan en vulneraciones a derechos como a recibir un trato justo e igualitario, el derecho a la integridad personal y la dignidad humana, y la salud. 

 

Desde FINJUS abogamos para que las autoridades del sistema de justicia penal involucrados en la situación actual diseñe e implementen un conjunto de programas multidisciplinarios que incluyen la capacitación, el aprendizaje y otros aspectos que garanticen el correcto cumplimiento de la medida establecida para el recluso. Esto incluye planes urgentes para reducir la mora judicial, mejorar las garantías y el debido proceso y respaldar un marco regulatorio eficiente que se enfoque en elevar las condiciones de salud y vida digna a los que tienen derecho, como un mandato constitucional.

 

 

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

24 de mayo del 2023.

 

Señor 

Miguel Franjul                                                                                                                                                                    

Director del Listín Diario.

Ciudad.

 

Distinguido Señor Director:

 

Hemos leído con mucho interés el magnífico artículo de Wanda Méndez, “Juristas critican exceso de prisión preventiva”, que recoge la entrevista que concedieron al Listín Diario varios destacados juristas, donde expresan su preocupación y critican el exceso de aplicación de la medida de prisión preventiva.

 

Para la Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc. (FINJUS), es verdaderamente preocupante la gran cantidad de personas privadas de libertad en forma preventiva en el sistema penal dominicano. De acuerdo a nuestra legislación, la prisión preventiva es una medida de carácter temporal que busca asegurar tanto la conclusión del proceso como su desarrollo, y procura la integridad de las personas involucradas en el mismo.

 

En sentido general, no es apropiado que se desnaturalice la función de las medidas coercitivas. Las mismas buscan, tomando como punto de partida un ‘supuesto’ responsable de un hecho delictivo, asegurar su presencia en el proceso y por ante la jurisdicción correspondiente. El Código Procesal Penal enumera un total de 7 medidas que pueden imponerse para estos fines, siendo la prisión preventiva la que opera con un grado más grave y riguroso.

 

En este tenor, conviene señalar que la excesiva cantidad de casos donde se ha impuesto esta medida causa elevada preocupación. La prisión preventiva es una medida de carácter excepcional y sólo aplicable cuando no pueda evitarse razonablemente la fuga del imputado, elemento que no puede desvirtuarse.

 

Esta coyuntura genera una indeseable situación de violaciones al Estado de Derecho, como manifestaron los entrevistados. El Ministerio Público, como encargado de ejercer la acción penal pública, debe sujetarse al principio de intervención mínima, también conocido como de “último ratio”, que es la base de la prisión preventiva, aplicándose,   en principio, sólo frente a los casos de mayor gravedad y complejidad, y ajustándose a lo dispuesto en la Constitución y las leyes. La prisión preventiva está supeditada a un límite temporal razonable con el fin de evitar que se convierta en una pena anticipada. Sin embargo, aun contando con ello, son numerosos los casos en donde el límite se agota y no se concluye el proceso, lo que crea una situación que claramente no cumple con los fines procesales. Por tratarse de privación de libertad, el rol del Estado adquiere una particular relevancia, pues debe procurar el respeto de todas las garantías vigentes al ciudadano.

 

La solución a esta problemática amerita que los procesos implicados se aceleren, celebrándose los juicios que ordenan las leyes, de manera cabal y con todas las garantías estipuladas. En cada caso concreto, y previo a la solicitud por parte del Ministerio Público y la toma de decisión por parte del juez, es oportuno que se examine a profundidad si la prisión preventiva es la medida más idónea para procurar la conclusión del proceso.

 

FINJUS reitera la importancia de promover un sistema penitenciario que funcione en el marco de las disposiciones legales, cumpliendo con las garantías y preceptos establecidos. A la vez que la aplicación de la prisión preventiva no debe mezclarse con el mandato de una condena definitiva, es urgente evitar la sobrepoblación de procesados en los centros penitenciarios, porque esto provoca afectaciones en los servicios básicos a esa población privada de libertad y origina actos que atentan contra la calidad de la vida y la dignidad humana.

 

Finalmente, sería conveniente que, a la mayor brevedad posible, los actores del sistema de justicia penitenciario dominicano (Ministerio Público, Director General de Prisiones, Poder Judicial y la Defensa Pública), convoquen una mesa de diálogo a los fines de coordinar acciones que vayan en la dirección de resolver los problemas que está generando la prisión preventiva en el sistema penitenciario del país.

 

Aprovechamos la oportunidad para extenderle nuestra felicitación a la magnífica labor que su medio desarrolla  y nuestros saludos afectuosos.

 

Muy Atentamente

 

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo de FINJUS

Hoy, es un día especial para todos los sectores que tenemos un compromiso firme con el fortalecimiento de la institucionalidad democrática y el Estado de Derecho en este país.

 

Por primera vez en la historia reciente de la República el Gobierno Central inicia un proceso para producir un sistema de transferencia de competencias de los órganos del Poder Ejecutivo hacia las administraciones locales, lo que significa la materialización de un sueño de quienes han dedicado su vida y mejores esfuerzos para la consolidación de los gobiernos locales, o sea del sistema municipal.

 

En virtud de su decreto 734-22, Señor Presidente, se dispuso la creación de un Gabinete para el desarrollo de ese proceso y quienes lo integramos deseamos compartir algunas reflexiones en este día que es histórico.

 

Que el Poder Ejecutivo decida operativizar un mandato de la Constitución, artículo 204, que ordena al Estado propiciar la transferencia de competencias y recursos hacia los gobiernos locales, de conformidad con esta Constitución y la ley, representa el inicio de un proceso que augura una nueva visión de desarrollo institucional.

 

Se abre una magnífica oportunidad, asimismo para propiciar la coordinación de los diferentes entes públicos para el logro de objetivos comunes, en un momento clave en el desarrollo democrático de este país.

 

A veces pasa inadvertido el fenómeno del creciente involucramiento de los distintos sectores de la sociedad en los procesos sociales, económicos y políticos que demanda nuestro desarrollo humano y social.

 

Pasa inadvertido porque durante décadas el Estado y la sociedad han transitado por senderos que parecerían paralelos, divergentes y hasta antagónicos. No solo por el contenido intrínseco de la acción estatal en los asuntos públicos, sino por el uso de modelos, estrategias, programas y políticas diseñadas al margen de las comunidades, los territorios y los sectores más importantes de la sociedad dominicana.

 

Con excepciones, como la jornada nacional por una mayor inversión en al área de la educación, muchas estructuras y agencias estatales no lograron sintonizar con las necesidades de la población y sus sectores más dinámicos, negando derechos, cerrando oportunidades y fomentando con sus acciones el descreimiento, la desconfianza y la apatía de la sociedad.

 

No se daban cuenta que con esos enfoques de la acción, la gestión y la relación con las comunidades y las regiones eran obstáculos al propio sistema democrático, cuya base de sustentación más importante es la participación de la ciudadanía en los procesos democráticos, que tenga como propósito convertir cada acción en una jornada de educación cívica para que cada hombre o mujer se empodere con la convicción de que esta democracia nos pertenece a todos.

 

Están floreciendo la conciencia de que los ciudadanos no deben ser meros espectadores y acompañantes en el camino de la construcción de nuestra democracia.

 

Somos testigos de un dinamismo que parte desde la misma base de la sociedad y que se expresa especialmente en la vida municipal, con la participación activa de redes comunitarias, coaliciones y alianzas de organizaciones sociales de diferente índole, que exigen información, espacios de diálogo y participación, así como mecanismos de transparencia, desde los cuales puedan participar en las decisiones que afectan la calidad de sus vidas.

 

Se percibe un aumento en el número de los ayuntamientos que están mostrando su compromiso con estos propósitos. Allí se están fortalecimiento las autoridades locales que apuestan a establecer relaciones y alianzas con la comunidad, traspasando el marco coyuntural del período para el que fueron electos.

 

Al mismo tiempo observamos con gran interés y esperanza los signos que nos indican que entre el Gobierno Central y los municipios se están creando alianzas que aspiran a ser sostenibles y duraderas, basadas en una mayor coordinación en la acción, en las políticas, en los programas y en la gestión conjunta.

 

Y lo vemos de manera directa en el área en que nos hemos involucrado en estos últimos dos años que es el de la seguridad ciudadana. La existencia de las mesas de Seguridad, Ciudadanía y Género ha permitido que instituciones centralizadas, autoridades locales, empresarios, universidades, líderes religiosos y líderes comunitarios se comprometan a crear un camino para que los problemas de la inseguridad ciudadana no continúen tratándose como casos particulares.

 

Estamos ante el inicio de un proceso de transformaciones, porque van a aumentar los niveles de gobernanza local y nacional y elevarán la legitimidad de las instituciones y sus políticas públicas.

 

Deseamos dejar, por último, nuestro reconocimiento a todas las autoridades que se han involucrado en este proceso, desde el Señor Presidente de la República, la Secretaría General de la LMD, los ministerios de Interior y Policía y Administración Pública, y los diferentes organismos municipales, civiles, empresariales y locales que están trabajando en esta dirección.

 

Enhorabuena y a seguir adelantando estos trabajos.

  

Servio Tulio Castaños Guzmán, Vicepresidente Ejecutivo de FINJUS

25 de abril, 2023

 

Detalles de la Semana de la Municipalidad

La actividad realizada en el Auditorio de la Cancillería, tuvo como objetivo socializar con los diferentes actores del sistema los beneficios penitenciarios para los privados de libertad en período de prueba; establecer pautas y directrices para el desarrollo de buenas prácticas en la etapa de medio libre; unificar criterios para mejorar la gestión del medio libre; y sensibilizar a la sociedad y sus representantes sobre la importancia y beneficios del mismo.

El tema central fue abordado por la directora de Medio Libre Frania Navarro; el Magistrado Rafael Báez habló de la justicia restaurativa; y Fray Arístides Jiménez Richardson, sobre Las Casas del Redentor.

Como panelistas participaron el presidente de la Pastoral Penitenciaria Monseñor Santiago Rodríguez, Obispo de San Pedro de Macorís; el Defensor del Pueblo Pablo Ulloa; los jueces de ejecución de la pena Ramón Darío Cruz Uceta y José Manuel Arias, de Santiago de San Cristóbal y Servio Tulio Castaños  Guzmán, quien a su vez fungió como moderador.

El director general de Prisiones coronel Roberto Hernández reconoció la gravedad de los problemas del sistema penitenciario dominicano pero aseguró que “no todo está dañado” y que se toman acciones para revertir la deuda social con los privados de libertad acumulada por décadas.

Dijo que para una solución aproximada a lo que está sucediendo en las cárceles del país es necesaria la prevención, y buscar alianzas estratégicas y operativas con instituciones y personas vinculadas con el tema.

El funcionario penitenciario habló así en el II Foro Penitenciario donde autoridades del sistema analizaron la “Incidencia del Medio Libre en la Reinserción Social de los Privados de Libertad”, en el marco de la Ley número 113-21. que regula el sistema penitenciado de República Dominicana.

Fuente: HOY

Con la presencia del presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), magistrado Luis Henry Molina Peña, se llevó a cabo la primera sesión del año del Consejo Consultivo del Registro Inmobiliario, en la que participaron diferentes actores del sector, cuyo objetivo es la identificación de oportunidades de mejora, el diseño de planes de acción conjunta y la colaboración intersectorial.

Dicho órgano, creado en el 2020, también tiene como objetivo el fortalecimiento institucional del Registro Inmobiliario a través de iniciativas alineadas al eje 1 del Plan Estratégico del Registro Inmobiliario: “Institución Accesible y Vinculada con el Entorno”.

En el encuentro participaron integrantes de la SCJ, miembros del Consejo Directivo del Registro Inmobiliario; así como representantes del Poder Ejecutivo, sector empresarial, financiero, fiduciario, desarrolladores inmobiliarios urbanos y turísticos, agentes inmobiliarios y gremios profesionales.

Las palabras centrales del encuentro estuvieron a cargo del magistrado presidente Luis Henry Molina Peña, quien expresó que “El avance que presentamos en el Registro Inmobiliario ha sido posible porque ha actuado de la mano de los actores del sector, lo cual involucra una amplia evolución, cuyo impacto dinamizador ha podido reactivar el sistema y mejorar efectivamente sus condiciones.

Molina Peña calificó el espacio como vital para el mejor desarrollo del sector y las áreas de la economía que dependen de este, a la vez que auguró éxito a la mejora continua del servicio del Registro Inmobiliario.

De su lado, el administrador general del Registro Inmobiliario, Jhonattan Toribio Frías, compartió con los presentes la transformación institucional que ha tenido el RI; los avances y principales logros en el período 2021-2022 donde destacó la mejora en los tiempos de respuestas; la ampliación de los canales digitales, el acompañamiento a los gremios y asociaciones, entre otros.

En su intervención, Toribio también hizo referencia a los proyectos del 2023, donde citó el inicio de las operaciones de dos nuevas oficinas de servicio; expansión de firma digital; ampliación de la red geodésica nacional con la instalación de nuevas estaciones de referencia (cors) y la implementación de la actualización del marco reglamentario de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario.

De parte del Registro Inmobiliario, el administrador general estuvo acompañado de Ricardo Noboa, director nacional de Registro de Títulos; y Ridomil Rojas, director nacional de Mensuras Catastrales.

Por el Poder Judicial participaron el magistrado Anselmo Alejandro Bello, juez de la Tercera Sala de SCJ; el magistrado Modesto Martínez Mejía, miembro del Consejo del Poder Judicial y representante por ante el Consejo Directivo del Registro Inmobiliario.

En representación de los diferentes sectores participaron el ministro de la Presidencia, Joel Santos Echavarría; el superintendente de bancos, Alejandro Fernández W; Rosanna Ruiz, presidenta de la Asociación de Bancos Múltiples; Christian Molina, presidente de la Asociación Dominicana de Fiduciarias; César Dargám, vicepresidente ejecutivo del Consejo Nacional de la Empresa Privada; Annerys Meléndez, presidente de la Asociación de Constructores y Promotores de Viviendas; y Jorge Subero Medina, presidente de la Asociación Dominicana de Empresas Turísticas.

También Alejandro Fondeur Mera, presidente de la Asociación de Promotores y Constructores de Viviendas del Cibao; Cristian Rojas, presidente del Colegio Dominicano de Ingenieros y Agrimensores (CODIA); Miguel Surun Hernández, presidente del Colegio de Abogados; Víctor Torres, presidente de la Asociación Dominicana de Agrimensores; Manuel Cocco, presidente ejecutivo de la Liga Dominicana de Asociaciones de Ahorros y Préstamos; y Servio Tulio Castaños, vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia.

 Asimismo, Alberto Bogaert, presidente de la Asociación de Agentes y Corredores Inmobiliarios; Santiago Mejía, registrador mercantil de la Cámara de Producción de Santo Domingo; Noel Báez, director Jurídico MINPRE; Michael Lugo, director ejecutivo de la Asociación Dominicana de Empresas Turísticas Inmobiliarias (ADETI)Manuel Olivero, secretario del Colegio de Notarios y Kharim Maluf, subdirector jurídico de la Superintendencia de Bancos.

Sobre el Consejo Consultivo

El Consejo Consultivo está conformado por representantes de los sectores empresarial, de la construcción, financiero, colegios profesionales vinculados al registro, Gobierno central y organizaciones de la sociedad civil, estas reuniones tendrán una periodicidad de dos sesiones al año.

Fuente : El Nuevo Diario
29 de marzo 2023
 
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