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Viernes, 28 Enero 2022 12:55

Carta al Dr. Milton Ray Guevara

Martes, 22 Febrero 2022 09:05

Curso Especializado Lavado de Activos

      Dirigido a:  Oficiales de cumplimiento, personas relacionadas a los sectores obligados en la Ley No. 155-17, estudiantes o profesionales en ejercicio, y cualquier persona interesada en conocer las principales disposiciones de la Ley No. 155-17 y el régimen de prevención enfocado en riesgos que caracteriza un programa de cumplimiento eficaz.


abogados, administradores, economistas, y profesionales en cualquier ámbito de los negocios, así como miembros de los órganos reguladores del mercado financiero. Es de interés de cualquier participante activo o pasivo del sistema económico. De igual manera, es de interés para estudiantes de Derecho o carreras afines a la administración empresarial, economía, finanzas, entre otras.

 

  • Coordinador: Lic. Maria Pezzotti Harper

 

Informaciones Generales :

 

Fecha de inicio: Miércoles 22 de febrero

Clases virtuales en horario de : 6:00 p.m. a 8:00 p.m.  

Duración : 5 semanas

Costo: RD$ 8,000.00.

 

PARA FINES DE REGISTRO E INSCRIPCION :

 

Completar formulario anexo Aqui 

 

Modalidades de pago: Efectivo, cheque, tarjeta de crédito, transferencia y/o depósito bancario.  Número de cuenta para fines de pago:  054-62605-3, cuenta corriente del Banco Popular. 

 

El valor de este curso puede ser fraccionado en dos cuotas.

 

Nota: para pagos con tarjeta de crédito , debe pasar por nuestras oficinas y/o enviar el plástico, no tenemos disponible sistema automático para débitos de tarjetas .

 

Al momento de realizar transferencias  y/o depósito , favor enviar el comprobante por esta vía.

 

Algunas informaciones importantes para participantes a través de empresas o instituciones :

 

  1. Interesados en participar a través de empresa que labora, enviar CARTA FORMAL (carta compromiso) donde la empresa notifica que se hará cargo del pago del participante.
  2. La oficina o empresa contratante deberá remitir ORDEN DE COMPRA, con el compromiso asumido del pago de la participación de su empleado en el diplomado o programa educativo.
  3. Adicional, solicitamos remitir un correo los datos de la persona de Recursos Humanos y Finanzas que serán responsables de completar la participación del interesado y asegurarse del saldo del programa antes de concluir el mismo, en caso de que aplique.

 

Reiterandome a sus órdenes para cualquier información.

 

Saludos cordiales,

 

  

|Sugely Suazo | Asistente Educación Continuada |

| Tel: 809.227.3250 ext. 240 | WP 809 227-3259 |

 | Gustavo Mejía Ricart, esq. Abraham Lincoln, Torre Piantini, 8tvo. piso |

Señor

Luis Abinader Corona

Presidente de la República Dominicana

Presidente de la Comisión Ejecutiva para la Implementación

de los Planes, Estrategias y Políticas de Transformación

y Profesionalización de la Policía Nacional

 

Distinguido Señor Presidente:

 

De conformidad a las recomendaciones relativas a los cambios normativos y organizacionales, modelos de gestión y diseño de políticas públicas para el fortalecimiento de la Policía Nacional realizadas y presentadas en el informe final del Grupo de Trabajo para la Transformación y Profesionalización de la Policía Nacional (GTTPN), conformado mediante decreto 211-21 emitido por el Poder Ejecutivo en abril de 2021; así como de los decretos números 2-22 y 21-22 que, respectivamente, crean la Comisión Ejecutiva para la Implementación de los Planes, Estrategias y Políticas de Transformación y Profesionalización de la Policía Nacional y designan el Comisionado Ejecutivo, resulta necesario un levantamiento respecto del estatus actual y detalle de las referidas recomendaciones a los fines de avanzar en su implementación, lo que impone una recapitulación exhaustiva de las recomendaciones establecidas en el documento final.

 

RECOMENDACIONES - ESTATUS

 

  1. Conformar un Comisionado Ejecutivo en calidad de órgano responsable de la dirección técnica y operativa del proceso de transformación y profesionalización de la Policía Nacional a partir de la implementación de las recomendaciones emitidas por el GTTPN y demás tareas relacionadas.

 

Creado mediante el decreto número 2-22 y designado el Comisionado Ejecutivo mediante decreto número 21-22.

 

 

  1. Conocer y ponderar el conjunto de las recomendaciones relacionadas con la adopción de los reglamentos de la Ley Orgánica de la Policía Nacional No. 590-16; esto es proceder al análisis de los proyectos de reglamentos con las propuestas realizadas a los mismos por la GTTPN.

 A la fecha únicamente se ha aprobado el reglamento de aplicación de la ley 590-16, mediante decreto número 20-22 emitido por el Poder Ejecutivo.

  A propósito de los demás reglamentos que operativizan la ley 590-16, resulta necesario destacar que desde el GTTPN fueron ponderados, se formularon modificaciones sustantivas y/o se revisaron los siguientes:

 Reglamento disciplinario policial

  • Código de ética de la Policía Nacional
  • Reglamento sobre el uso de la fuerza
  • Reglamento de evaluación del desempeño de los miembros de la Policía Nacional
  • Reglamento sobre la designación de agentes para protección y custodia (reglamento de escoltas)
  • Reglamento sobre la reserva de la Policía Nacional
  • Reglamento de uniformes de la Policía Nacional
  • Reglamento sobre los requisitos, formalidades y modalidades de otorgamiento de medallas, encomios y reconocimientos
  • Reglamento de condecoraciones, reconocimientos y encomios de la Policía Nacional.

 Esto refiere a que los precitados proyectos de reglamentos se encuentran únicamente pendientes de verificación para aprobación a la mayor brevedad posible, de lo cual recomendamos se realice la revisión final para obtener su aprobación antes de concluido el primer trimestre de conformada la Comisión Ejecutiva. Esto sería un resultado evidenciable para el informe de gestión trimestral correspondiente en virtud del decreto 2-22.

 Conjuntamente a ello recordar que desde el GTTPN se sugirió, por intermedio del Ministerio de Interior y Policía y con constancia en el informe final presentado, derivar a un análisis particular a aquellos reglamentos que, más que una ponderación jurídica, requieren una revisión técnica. A saber:

 Reglamento para la asignación de armas, municiones y equipamientos letales y no letales; así como el reglamento para el registro, almacenamiento y conservación de armas, municiones y equipamientos letales y no letales; esto a fin de que se ponderen criterios, estándares y buenas prácticas internacionales para la conservación y el almacenamiento de las armas.

  • Manual de procedimientos en las operaciones de patrullas preventivas de la Policía Nacional.
  • Manual de selección del talento humano para ingreso a la Policía Nacional y el modelo de desarrollo humano de la Policía Nacional, a fin de determinar el perfil del policía que aspiramos y los perfiles para las diferentes posiciones y cargos existentes en la institución; esto a partir de estudio diagnostico en materia de RRHH.
  • Reglamento general del Instituto Policial de Educación con apoyo técnico en el área pedagógica para elaboración estratégica curricular del referido instituto.

 

Consideramos que, de igual forma, en los primeros tres meses de labor de esta Comisión Ejecutiva debe designarse los expertos que trabajarán los referidos reglamentos, manuales y otros instrumentos normativos, así como establecerse plazos razonables para entrega de resultados en orden a revisión final y posterior aprobación.

 

  1. Reestructuración del Instituto Policial de Educación

 

A propósito de la designación de Roberto Santana como Coordinador de la reestructuración del Instituto Policial de Educación, en conjunto con el Ministerio de Interior y Policía y su dependencia inmediata, la Policía Nacional, desde esta Comisión Ejecutiva ES MANDATORIO ESTABLECER UN PLAZO a los fines de que se rinda informe en orden al cumplimiento de los objetivos de su designación, esto es: a) la reevaluación del sistema curricular, b) el diseño de proceso para el reclutamiento e ingreso a la Policía Nacional, c) la reevaluación de los perfiles docentes y d) elaboración de medidas transitorias de tipo correctivo para mejorar los procesos educativos policiales en curso. Es necesario establecer en lo inmediato un plazo que permita contar con informa exhaustivo a fin de determinar los requerimientos que existan y posterior implementación de las recomendaciones que surjan.

  

  1. Establecimiento de un Fideicomiso de la transformación y profesionalización de la Policía Nacional para la seguridad social de los agentes policiales, miembros de la institución policial, la reorganización de la gestión de los recursos humanos y las inversiones en infraestructura, equipos de transporte, tecnología y comunicación de la institución policial.

 De esto señalar que, a pesar de que mediante el decreto número 729-21 emitido por el Poder Ejecutivo, fue creado Fideicomiso para la Transformación y Profesionalización de la Policía Nacional o (FTPN) conjunto a la Fiduciaria Reservas que tendrá la responsabilidad y obligación de recibir, conservar, custodiar y administrar los recursos que sean integrados, a la fecha ADVERTIMOS que no se ha establecido un mecanismo para la recepción de aportes desde el sector privado, lo cual obstaculiza su materialización y de igual manera la recolección de aportes necesarios de manos del empresariado.

 

 

  1. Crear las condiciones para la evaluación del desempeño de los miembros de la Policía Nacional, en base a procedimientos estándares a nivel internacional.

 

De ello se ha informado al país respecto de la colaboración internacional de otras instituciones policiales para apoyar en el proceso de evaluación de desempeño. Es necesario DETERMINAR EL ESTATUS DEL PROCESO particular de evaluación de desempeño, así como aspectos operativos importantes como la contratación de firma a esos fines y/o escogencia de la misma. Deben DEFINIRSE PLAZOS razonables para esto.

 

  1. Crear mecanismos permanentes de participación de la sociedad civil en la fiscalización del cumplimiento del conjunto de las decisiones ordenadas por el Presidente de la República y de la labor que eventualmente desarrollarían los órganos responsables de la transformación y profesionalización de la Policía Nacional.

 

De esto recordar que, a fin de dar cumplimiento al objetivo indicado en el decreto que integró el GTTPN concerniente a seguimiento a los procesos sancionadores de los miembros de la Policía Nacional, no solo sugerimos la conformación de una comisión particular sino que en el GTTPN elaboramos de manera integral un reglamento que regulara las comisiones independientes las cuales son las que representan la veeduría ciudadana y/o control externo de cara al órgano, en virtud de los artículos 40, 41 y 42 de la ley 590-16 orgánica de la Policía Nacional.

 

Apuntar que, hasta el momento no se había trabajado en la elaboración de un reglamento de esta naturaleza, a pesar de que la ley orgánica establecía su desarrollo, esto fue un aporte adicional a los objetivos planteados del GTTPN el cual fue remitido para valoración del Ministerio de Interior y Policía en junio de 2021.

 

Resulta IMPERATIVO PROCURAR LA APROBACION del referido reglamento y, en lo inmediato, conformar esa comisión de independientes que, en calidad de veeduría ciudadana participe y fiscalice este proceso de transformación de la institución policial.

  

  1. Dotar a la institución policial de las herramientas básicas para dar seguimiento y apoyar la salud mental de los agentes policiales, sometidos a gran estrés y puedan prevenir diversos problemas psicosociales.

 

Sugerimos ESTABLECER UN PLAZO DE 15 DIAS para determinar y definir cómo se ejecutará esta recomendación; esto así a fin de iniciar su implementación, a la mayor brevedad posible.

  

  1. Contar con el acompañamiento técnico del Ministerio de Administración Pública.

 

En junio de 2021, el GTTPN solicitó, vía el Ministerio de Interior y Policía, la asistencia del Ministerio de Administración Pública (MAP), en su calidad de ente coordinador de los sistemas de carrera administrativa, como establece el numeral 7 del artículo 8 de la Ley No. 41-08 de Función Pública, para la revisión y definición del sistema de remuneración actual de la institución policial, incluyendo lo relativo a los incentivos por especialismos; así como los criterios, manuales y procedimientos para su aplicación, entre otros aspectos referentes a la estructuración de la carrera.

 

A estos fines el MAP inició el proceso solicitado y estamos en conocimiento de que fue contratada una consultoría técnica al efecto. Desde esta Comisión Ejecutiva DEBE VERIFICARSE SI SE HA EMITIDO INFORME FINAL al efecto y cuáles han sido los resultados de la consultoría contratada.

 

Recordar que esto resulta esencial incluso para lo concerniente al desarrollo normativo institucional ya que el GTTPN sugirió la ponderación de elaborar un reglamento de la carrera policial que desarrolle de manera más amplia aspectos como el escalafón policial, el perfil de ingreso, ascenso, capacitaciones y formación continuada, todo ello de conformidad a la reserva de ley contenida en el artículo 74 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional. Este reglamento requeriría como insumo esencial las recomendaciones y resultados de la asistencia técnica del MAP.

  

  1. Contar con los resultados de la auditoría técnica realizada por la Cámara de Cuentas.

 

Conjuntamente a lo anterior, resulta esencial recordar que, desde el GTTPN, por intermedio del Ministerio de Interior y Policía, se solicitó realizar una auditoría externa de la Policía Nacional relativa a la gestión y procedimientos de su control interno a cargo de la Cámara de Cuentas, la cual inició los trabajos a esos fines.

 

De esto se sugiere, en esta primera reunión, CONFORMAR UNA COMISIÓN ENCABEZADA POR EL MINISTRO DE INTERIOR Y POLICÍA a los fines de solicitarle, formalmente, al Presidente de la República instruir a la Cámara de Cuentas entregar el resultado de la auditoría efectuada. Esto resulta INDISPENSABLE para asumir en este proceso los correctivos concernientes a los procedimientos de control interno de la gestión y procesos de la Policía Nacional.

  

Con atentos saludos

  

Servio Tulio Castaños Guzmán

Miembro.

  

C.C. Miembros de la Comisión Ejecutiva.

 

La Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc., ante la difusión de informaciones en las redes sociales que atribuyen a nuestra entidad posiciones específicas sobre el Fideicomiso de Punta Catalina, se siente en el deber de precisar a la sociedad dominicana que FINJUS no ha elaborado ni distribuido ningún tipo de análisis, documento o posición sobre ese tema.

 A lo largo de nuestra dilatada trayectoria de trabajo, la sociedad dominicana reconoce en FINJUS una institución que ha tratado todos los temas, independientemente de su nivel de complejidad, apegándose siempre a principios jurídicos y sociales claros y en base a estudios exhaustivos y razonados.

 En atención a la misión y visión institucional, desde FINJUS tenemos la vocación de ponderar y analizar todos los actos de los poderes públicos y la sociedad vinculados con la institucionalidad democrática y el Estado de derecho, para contribuir a su fortalecimiento. Esa ponderación siempre se realiza con el máximo de responsabilidad, profundidad en el análisis y razonabilidad.

 Lamentamos que inadvertidamente algunos medios y redes sociales hayan usado las siglas de FINJUS en titulares de noticias que no guardan ninguna relación con nuestra institución y que han generado confusión entre nuestros colaboradores y amigos.

 

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

19 de enero, 2022

      Dirigido a:  abogados, administradores, economistas, y profesionales en cualquier ámbito de los negocios, así como miembros de los órganos reguladores del mercado financiero. Es de interés de cualquier participante activo o pasivo del sistema económico. De igual manera, es de interés para estudiantes de Derecho o carreras afines a la administración empresarial, economía, finanzas, entre otras.

 

  • Coordinador: Omar E. Victoria Contreras

 

Informaciones Generales :

 

Fecha de inicio: Miércoles 9 de febrero

Clases virtuales en horario de : 6:00 p.m. a 8:00 p.m.  

Duración : 5 semanas

Costo: RD$ 8,000.00.

 

PARA FINES DE REGISTRO E INSCRIPCION :

 

Completar formulario anexo.

 

Modalidades de pago: Efectivo, cheque, tarjeta de crédito, transferencia y/o depósito bancario.  Número de cuenta para fines de pago:  054-62605-3, cuenta corriente del Banco Popular. 

 

El valor de este curso puede ser fraccionado en dos cuotas.

 

Nota: para pagos con tarjeta de crédito , debe pasar por nuestras oficinas y/o enviar el plástico, no tenemos disponible sistema automático para débitos de tarjetas .

 

Al momento de realizar transferencias  y/o depósito , favor enviar el comprobante por esta vía.

 

Algunas informaciones importantes para participantes a través de empresas o instituciones :

 

  1. Interesados en participar a través de empresa que labora, enviar CARTA FORMAL (carta compromiso) donde la empresa notifica que se hará cargo del pago del participante.
  2. La oficina o empresa contratante deberá remitir ORDEN DE COMPRA, con el compromiso asumido del pago de la participación de su empleado en el diplomado o programa educativo.
  3. Adicional, solicitamos remitir un correo los datos de la persona de Recursos Humanos y Finanzas que serán responsables de completar la participación del interesado y asegurarse del saldo del programa antes de concluir el mismo, en caso de que aplique.

 

Reiterandome a sus órdenes para cualquier información.

 

Saludos cordiales,

 

 

 

 

|Sugely Suazo | Asistente Educación Continuada |

| Tel: 809.227.3250 ext. 240 | WP 809 227-3259 |

 | Gustavo Mejía Ricart, esq. Abraham Lincoln, Torre Piantini, 8tvo. piso |

El sistema de justicia es uno de los pilares esenciales del Estado social y democrático de derecho, por su deber de garantizar los derechos fundamentales, por la resolución de la conflictividad social, a través de todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado. En ese sentido, la Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc. (FINJUS), al arribar el año 2022, considera importante realizar un ejercicio de ponderación de varios aspectos destacados en las áreas de la institucionalidad y el sistema de justicia del país, para facilitar la identificación de los retos y perspectivas de cara a este nuevo año.

 El análisis parte del reconocimiento de los efectos de la pandemia por Covid-19 al inicio del 2021, que significaron el deterioro de varios aspectos del marco general de la sociedad dominicana, especialmente en lo referente a las áreas económica, institucional y el tejido social. Los sucesivos estados de emergencia, las medidas restrictivas para enfrentar la crisis sanitaria y la percepción creciente en la población del deterioro de la seguridad ciudadana y la convivencia pacífica, significaron graves retos para la democracia dominicana.

 Lo anterior se conjugó con la consolidación de un nuevo equipo de gestión gubernamental, el cual planteó la necesidad de reforzar una serie de áreas vitales para devolver la confianza en las instituciones y establecer mecanismos para fortalecer la institucionalidad democrática.

 Cabe recordar que a fines de 2020, el Poder Ejecutivo anunció un vasto plan de reformas institucionales, que pretendía poner en marcha un conjunto de iniciativas que apuntan a visibilizar el compromiso y la voluntad de ejecutar reformas concretas para garantizar la transparencia de los recursos públicos en las instituciones, incluyendo reforzar el marco jurídico del sistema de compras y contrataciones públicas, el régimen de consecuencias contra la corrupción y de los órganos de control interno y externo del Estado.

 Es en ese marco en que se pueden interpretar las acciones que se desarrollaron en 2021 en el seno de los órganos del sistema de justicia, especialmente del Poder Judicial y el Ministerio Público, quienes junto a otros actores como la Policía Nacional y el sistema de la Defensa Pública, están llamados a dirigir sus acciones, desde sus perspectivas institucionales y legales propias, hacia la profundización y sostenibilidad de las reformas adoptadas en años recientes.

 El inicio del 2021 encontró al Poder Judicial limitado por las restricciones impuestas por la expansión de la pandemia, que obligó a la utilización de formas de virtualización de la justicia y la transformación acelerada de procedimientos y protocolos propios de su labor jurisdiccional, generando reacciones diversas entre los usuarios del sistema por las limitaciones impuestas.

 Creemos oportuno valorar el avance que supuso el uso de medios digitales en el Poder Judicial. Y es que, a pesar de que la virtualidad fue el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial para evitar el cierre total de las actividades jurisdiccionales en razón del confinamiento del año 2020 por la pandemia que todavía enfrentamos, en general esta medida constituyó una respuesta a la demanda de mejora en la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia.

 Aspectos como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otras deficiencias institucionales que por años la sociedad dominicana le ha señalado al sector justicia, pudiesen encontrar una vía de mejora en el uso de los medios digitales como herramienta para lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los operadores jurídicos y usuarios del sistema, tal y como se ha visto reflejada en otras instancias de la administración pública que han utilizado la virtualidad como vehículo para eficientizar los servicios e, incluso, garantizar su accesibilidad.

 A propósito de que recientemente intervino la sentencia TC/0286/21 de fecha 14 de septiembre de 2021 emitida por el Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional una serie de protocolos que amparaban los procedimientos virtuales, resulta necesario destacar que el contenido de la sentencia aclaró que no se trata de que el uso de los medios digitales contravengan el contenido constitucional, sino que deben estar regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano.

 En ese sentido, supone un desafío en el 2022 para la comunidad jurídica y especialmente para el Poder Judicial, aunar esfuerzos en torno a la revisión, aprobación e implementación del proyecto de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial que actualmente se encuentra en la fase de estudio en el seno del Congreso Nacional. Esto así en orden a lograr una verdadera transformación digital que permita alcanzar una adecuada interacción con el ciudadano, mayores niveles de accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos y servicios que ordenan la Constitución y las leyes.

 Desde FINJUS, consideramos que un sistema legal complejo es una barrera de acceso para una gran parte de los usuarios. Por tanto, el desafío de la justicia digital implica innovar estructuralmente el sistema, no sólo como forma de adecuación práctica de las herramientas tecnológicas, sino también como un nuevo mecanismo democrático que genere, a su vez, el fortalecimiento del Estado de Derecho en su conjunto.

 En ese marco nuestra atención se concentra en otro de los actores principales del sistema de justicia, que es el Ministerio Público, el cual constituye un órgano fundamental para el logro de objetivos de transparencia y erradicación de la impunidad que ha proclamado desde diferentes instancias del Estado dominicano.

 Ciertamente la sociedad ha valorado positivamente la designación de la Procuradora General de la República y la consecuente integración de los diferentes estamentos ejecutores de este órgano persecutor, al tiempo que ha aplaudido el interés de garantizar que los procesos de su designación o selección se realicen sin sujeción al partidarismo, como una forma objetiva de enfrentar las amenazas a la independencia funcional del Ministerio Público consignadas en sus leyes.

 Desde FINJUS hemos abogado reiteradamente respecto de considerar la configuración institucional dada en nuestro marco normativo a la figura del Procurador General de la República, la cual concentra en sí tres funciones primigenias que cursan objetivos distintos y que en otros ordenamientos jurídicos se pueden encontrar separados y asignados a distintos funcionarios públicos.

 En el transcurso del 2021 se observó una perspectiva institucional que enfoca al Ministerio Público desde su misión constitucional de defender el interés público tutelado por la ley, y hacer efectivos los derechos y garantías consignados en defensa de la sociedad de acuerdo a los límites que impone el mandato de la Constitución, lo que ha significado la existencia de un ambiente de reconocimiento y respeto de las reglas propias del Estado de Derecho para asegurar la calidad y legitimidad del órgano y de la vida democrática en sentido general.

 La sociedad percibe el gran incremento del trabajo que ha venido realizando el Ministerio Público, tomando en consideración el elevado número de acusaciones presentadas ante los órganos jurisdiccionales, especialmente de aquellos que involucran expedientes complejos que señalan alegados entramados de corrupción y narcotráfico.

 Precisamente, lo anterior se ha traducido en un avance material evidente desde la plena concentración de los esfuerzos institucionales en cuestiones que habían sido exigidas por parte de la ciudadanía, como la lucha contra la impunidad. Es decir, en términos cuantitativos –y también cualitativos–, el Ministerio Público ha repuntado considerablemente la confianza ciudadana sobre sus acciones, lo cual puede servir de ejemplo para otros entes estatales en sus delimitadas dimensiones programáticas.

 Los medios de comunicación y muchas organizaciones sociales han evaluado estas iniciativas como una verdadera hazaña, tomando en consideración el que estas decisiones se han tomado en el marco de un proceso de fortalecimiento institucional y de establecimiento de su independencia formal y material, en tanto defensor del interés público.

 En esta valoración institucional se destaca que el verdadero hito no se circunscribe siquiera al hecho de quiénes han sido imputados sino de una persecución penal que refleja un Ministerio Público que ejerce sus atribuciones con un marcado criterio de imparcialidad que prioriza la objetividad, sin influencias de sesgos, prejuicios o tratos diferenciados por razones inapropiadas en el marco de la persecución del delito.

 En suma, valoramos que desde la propia Procuraduría General de la República se ha mostrado la importancia de dedicar los tiempos necesarios a los diferentes procesos de investigación en curso, generando por tanto una respuesta más efectiva y eficaz de cara a la persecución de la corrupción y de las distintas modalidades del crimen organizado.

 Sin perjuicio de lo anterior, desde FINJUS advertimos la necesidad de que la persecución penal no derive en el sobretratamiento mediático de los casos, y se evite generar un proceso irregular o violaciones de los derechos del sujeto inmerso en un proceso penal en calidad de imputado. Esta garantía resulta ineludible para que los imputados no se vean expuestos a un juicio anticipado e incluso a una condena moral con sentencia dictada en los medios de comunicación, y se convierta en uno de los graves peligros advertidos por las más importantes corrientes de la doctrina jurídico-penal: el “populismo punitivo” o “populismo penal”.

 De ello resulta especialmente importante conciliar el interés social que indudablemente provocan estos casos y su consecuente obligatoria publicidad de las actuaciones judiciales por un lado, y el derecho a comunicar libremente información veraz con el respeto a las condiciones, para que el proceso se desarrolle con normalidad y no se produzca una colisión con derechos como la presunción de inocencia, la intimidad, la dignidad, imagen, el honor, entre otros.

 Por otro lado, como parte importante del balance del 2021, valoramos muy positivamente la iniciativa del Poder Ejecutivo de corresponder al contenido normativo que refiere a la asignación presupuestaria de los órganos del sistema de justicia, de lo cual se ha anunciado un incremento en la partida correspondiente al Ministerio Público, cuestión sustancial para el fortalecimiento institucional del órgano en materias de tecnificación e investigación.

 En reiteradas ocasiones, hemos indicado al respecto que la autonomía real de una entidad tan importante como el Ministerio Público sumado a la garantía de su operatividad funcional depende, en gran medida, de los recursos que le sean asignados para materializar los supuestos de sus mandatos normativos. Por tanto, para generar el cumplimiento concreto de fines esenciales por parte de los poderes públicos, deberá repensarse en cómo se vislumbra la arquitectura institucional del Estado desde los enunciados dispuestos en las normas, frente a la garantía de ejecución presupuestaria que se asigne a éstos conforme su realidad concreta.

 Dentro de los retos pendientes con relación al sistema de justicia entendemos que a la fecha debe continuarse fortaleciendo los niveles de independencia, eficiencia, accesibilidad, equidad, transparencia y previsibilidad de los distintos órganos que interactúan. La superación de los retos antedichos, representan necesidades escalonadas y próximas a otras similares en entidades del Estado dominicano. De manera que, aún existe un largo camino que recorrer en el plano institucional general del país.

 Es necesario continuar en los procesos de reforma en curso, especialmente de conformidad a los presupuestos constitucionales que faltan por materializar, esto así pues la democracia, el desarrollo económico y social y la convivencia pacífica están atados a la existencia de un sistema de justicia eficaz y eficiente, integrado por órganos gestionados adecuadamente y coherentes con sus misiones constitucionales.

 Todo lo anterior debe complementarse con otras medidas que reforzarían la capacidad de persecución del crimen organizado y el delito, así como la creación de un ambiente de transparencia que es ineludible para el fortalecimiento de la democracia. Estas medidas deben estar amparadas en el imperio de la ley y la adecuación de las mismas a las nuevas dinámicas sociales.

 Quedan pendiente, como retos para el 2022, la realización del compromiso del Poder Ejecutivo de impulsar un conjunto de reformas, como la modificación de la Ley de la Cámara de Cuentas No. 10-04; la adopción de un Código Penal consensuado y moderno; una nueva Ley de Contrataciones Públicas; la Ley de Extinción de Dominio; entre otros aspectos de primer orden de una agenda legislativa prioritaria para vencer la opacidad y la corrupción.

 2022 está llamado a ser el escenario donde el Estado y la sociedad establezcan mecanismos fluidos y ágiles que faciliten la colaboración interinstitucional, el intercambio de informaciones, lineamientos y datos, para que finalmente podamos superar la duplicidad de órganos y la burocratización de procesos que entorpecen el logro de soluciones efectivas.

 Desde FINJUS observamos que cada uno de los esfuerzos institucionales antes mencionados han tenido un recorrido significativo en los últimos tiempos, lo que ha redundado en una fiscalización ciudadana más activa de los diferentes procesos, a pesar de los obstáculos locales e internacionales ocurridos en el último período. Por tanto, el 2022 se puede convertir en el espacio ideal para la implementación de las reformas pendientes, cuyo éxito dependerá de cuán fortalecidas se encuentren la protección de los derechos fundamentales, la seguridad jurídica y el impulso de nuestra institucionalidad democrática.

 

 

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo de FINJUS

 

6 de enero, 2022

 

La Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc., (FINJUS), considera grave la violación a los procedimientos internos de la Cámara de Diputados y, sobre todo, a la Constitución de la República, que se han suscitado en días pasados en el marco de la discusión sobre el nuevo Código Penal. Una garantía irremplazable del Estado social y democrático de derecho es el cumplimiento del texto constitucional, por lo que su vulneración resulta peligrosa para la institucionalidad nacional.

 

El Senado de la República conformó una Comisión Bicameral para el estudio del proyecto de ley de Código Penal a los fines de procurar acuerdos sobre este tema entre ambas cámaras, sobre el cual se rindió informe conforme lo establecido en los artículos 258 y siguientes de su reglamento interno. En ese orden, conforme los trámites legislativos correspondientes, la Cámara de Diputados conoció posteriormente el proyecto e informe que fueron remitidos desde la Cámara Alta.

 

A pesar de haberse generado ciertos consensos en determinados temas, el referido informe de la Comisión Bicameral fue rechazado en la Cámara Baja, por no alcanzar los votos necesarios para su aprobación, conforme su reglamento. No obstante, si bien se rechazó el informe –no así la pieza legislativa–, se designó otra Comisión Especial para el estudio de un nuevo Proyecto de Ley de Código Penal que fue depositado en esa misma sesión, indicando un plazo fijo de un día para que ésta rindiera informe.

 

Resulta un hecho confuso qué sucedió con el proyecto de ley estudiado por la Comisión Bicameral, el cual fue sometido a consideración del Pleno de la Cámara de Diputados, cuyo informe fue rechazado, lo que pareciera que se dejaba sobre la mesa el anterior proyecto legislativo remitido desde la Cámara Alta. En un primer momento, resulta evidente la vulneración a los procedimientos legislativos indicados en nuestra Constitución, ya que se interpreta del rechazo del informe, el mismo destino del propio proyecto de ley; lo cual es una violación a lo establecido en el artículo 107 de la Ley de Leyes.

 

Decimos lo anterior en virtud de que conforme nuestro texto constitucional así lo establece, “los proyectos de ley rechazados en una cámara no pueden presentarse en ninguna de las dos cámaras hasta la legislatura siguiente.”[1] De igual modo, si bien se pretendiere presentar el Proyecto de Código Penal más reciente como un asunto nuevo para esta legislatura, es un hecho incontrovertible que su objeto no ha variado y, por tanto, la pieza normativa sobre la cual rindió informe una nueva Comisión Especial resulta tener los mismos fines que aquella que fue rechazada o, en cualquier caso, puesta sobre la mesa sin decisión definitiva.

 

Asimismo, resulta peligroso para la institucionalidad democrática que el órgano encargado de legislar y fiscalizar conforme nuestro ordenamiento jurídico constitucional actúe de manera sorpresiva y confusa, lo cual puede generar graves repercusiones para el necesario fortalecimiento de los procedimientos legislativos establecidos en nuestra Constitución y los reglamentos de cada cámara..

 

El sano equilibrio del Estado de Derecho se fortalece con el sistema de control y frenos y contrapesos. Esta es una garantía institucional de la separación de poderes establecida desde hace décadas en nuestro ordenamiento constitucional. De manera que, si conforme los trámites legislativos correspondientes se envía finalmente el proyecto al Poder Ejecutivo, recomendamos que éste sea observado, de acuerdo a lo establecido en el artículo 102 de la Constitución dominicana.

 

Desde FINJUS, exhortamos el respeto irrestricto a los mandatos constitucionales y el fortalecimiento de los poderes públicos y, por tanto, resaltamos que la búsqueda de soluciones a las propuestas y normativas que inciden transversalmente en el ordenamiento jurídico debe descansar sobre la certeza y el respeto a los principios que dotan de equilibrio funcional al Estado.

 

 

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

 

[1] República Dominicana. Constitución Política. 2015. Artículo 107.

La Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc. (FINJUS), considera importante realizar, al acercarnos a la finalización del año 2021, un ejercicio de ponderación sobre algunos aspectos destacados de la institucionalidad y el sistema de justicia del país, que permita establecer los retos y perspectivas de cara al 2022.

 

El análisis parte del reconocimiento de los efectos de la pandemia por Covid-19 al inicio del 2021, que significaron el deterioro de varios aspectos del cuadro general de la sociedad dominicana, especialmente en lo referente a las áreas económica, institucional y el tejido social. Los sucesivos estados de emergencia, las medidas restrictivas para enfrentar la crisis sanitaria y la percepción creciente en la población del deterioro de la seguridad ciudadana y la convivencia pacífica, significaron graves retos para la democracia dominicana.

 

Lo anterior se conjugó con el arranque de un nuevo equipo de gestión gubernamental que planteó la necesidad de reforzar una serie de áreas vitales para devolver la confianza en las instituciones y establecer mecanismos para fortalecer la institucionalidad democrática.

 

Cabe recordar que a fines de 2020, el Poder Ejecutivo anunció un  vasto plan de reformas institucionales, que pretendía poner en marcha un conjunto de iniciativas que apuntan a visibilizar el compromiso y la voluntad de emprender acciones concretas para garantizar la transparencia de los recursos públicos en las instituciones, que incluían reforzar el marco jurídico de áreas claves como las compras y contrataciones públicas, el régimen de consecuencias contra la corrupción e impulsar los órganos de control interno y externo del Estado.

 

Es en ese marco en que se puede interpretar las acciones que se han desarrollado en 2021 en el seno de los órganos del sistema de justicia, especialmente del Poder Judicial y el Ministerio Público, quienes junto a otros actores como la Policía Nacional y el sistema de la Defensa Pública, están llamados a dirigir sus acciones, desde sus perspectivas institucionales y legales propias, hacia la profundización y  sostenibilidad de las reformas adoptadas en años recientes.

 

El inicio del 2021 encontró al Poder Judicial limitado por las restricciones impuestas por la expansión de la pandemia, que obligó a la utilización de formas de virtualización de la justicia y la  transformación acelerada de procedimientos y protocolos propios de su labor jurisdiccional, generando reacciones diversas entre los usuarios del sistema por las limitaciones impuestas.

 

Creemos oportuno valorar el avance que supuso el uso de medios digitales en el Poder Judicial. Y es que, a pesar de que la virtualidad fue el resultado de la proactividad del Consejo del Poder Judicial para evitar el cierre total de las actividades jurisdiccionales en razón del confinamiento del año 2020 por la pandemia que todavía enfrentamos, en general esta medida constituyó una respuesta a la demanda de mejora en la capacidad institucional en la prestación de los servicios de administración de justicia.

 

Aspectos como la mora judicial, la excesiva burocracia en los servicios de gestión y secretaría, entre otros, que por años la sociedad dominicana le ha señalado al sector justicia, pudiesen encontrar una vía de mejora en el uso de los medios digitales como herramienta para lograr un servicio judicial eficiente y adaptado a las necesidades de los actores judiciales y usuarios del sistema, tal y como se ha visto reflejada en otras instancias de la administración pública que han utilizado la virtualidad como vehículo para eficientizar los servicios e, incluso, garantizar su accesibilidad.

 

A propósito de que recientemente intervino la sentencia TC/0286/21 de fecha 14 de septiembre de 2021 emitida por el Tribunal Constitucional que declaró inconstitucional una serie de protocolos que amparaban los procedimientos virtuales, resulta necesario destacar que el contenido de la sentencia aclaró que no se trata de que el uso de los medios digitales contravengan el contenido constitucional, sino que deben estar regulados por ley, y no por los propios protocolos y/o resoluciones del órgano.

 

En ese sentido, supone un desafío en el 2022 para la comunidad jurídica y especialmente para el Poder Judicial, aunar esfuerzos en torno a la revisión, aprobación e implementación del proyecto de ley de uso de medios digitales en el Poder Judicial que actualmente se encuentra en la fase de estudio en el seno del Congreso Nacional. Esto así en orden a lograr una verdadera transformación digital que permita alcanzar una adecuada interacción con el ciudadano, mayores niveles de accesibilidad a la justicia y la dinamización de los procesos y servicios que ordenan la Constitución y las leyes.

 

En ese marco nuestra atención se concentra en otro de los actores principales del sistema de justicia, que es el Ministerio Público, que constituye un órgano fundamental para el logro de objetivos de transparencia y erradicación de la impunidad que ha proclamado desde diferentes instancia del Estado dominicano.

 

Ciertamente la sociedad ha valorado positivamente la designación de la Procuradora General de la República y la consecuente integración de los diferentes estamentos ejecutores de este órgano persecutor, al tiempo que ha aplaudido el interés de garantizar que los procesos de su designación o selección se realicen sin sujeción al partidarismo, como una forma objetiva de enfrentar las amenazas a la independencia funcional del Ministerio Público consignadas en sus leyes.

 

Desde FINJUS hemos abogado reiteradamente respecto de considerar la configuración institucional dada en nuestro marco normativo a la figura del Procurador General de la República, la cual concentra en sí tres funciones primigenias que cursan objetivos distintos y que en otros ordenamientos jurídicos se pueden encontrar separados y asignados a distintos funcionarios públicos.

 

En el transcurso del año, se ha observado una perspectiva institucional que enfoca al Ministerio Público desde su misión constitucional de defender el interés público tutelado por la ley, y hacer efectivos los derechos y garantías consignados en defensa de la sociedad de acuerdo a los límites que impone el mandato constitucional, lo que ha significado la existencia de un ambiente de reconocimiento y respeto de las reglas propias del Estado de derecho para asegurar la calidad y legitimidad del órgano y de la vida democrática en sentido general.

 

La sociedad percibe el gran incremento del trabajo a que ha venido realizando el Ministerio Público, tomando en consideración el elevado número de acusaciones presentadas ante los órganos jurisdiccionales, especialmente de aquellos que involucran expedientes complejos que señalan alegados entramados de corrupción y narcotráfico.

 

Los medios de comunicación y muchas organizaciones sociales han evaluado estas iniciativas como una verdadera hazaña, tomando en consideración el que estas iniciativas se han tomado en el marco de un proceso de fortalecimiento institucional y de establecimiento de su independencia formal y material, en tanto defensor del interés público.

 

En esta valoración institucional se destaca que el verdadero hito no se circunscribe siquiera al hecho de quiénes han sido imputados sino de una persecución penal que refleja un Ministerio Público que ejerce sus atribuciones con un marcado criterio de imparcialidad que prioriza la objetividad, sin influencias de sesgos, prejuicios o tratos diferenciados por razones inapropiadas en el marco de la persecución del delito.

 

Sin perjuicio de lo anterior, desde FINJUS advertimos la necesidad de que la persecución penal no derive en el sobretratamiento mediático de los casos, evitando generar un proceso irregular o violaciones de los derechos del sujeto pasivo del proceso penal. Esta garantía resulta ineludible para que los imputados no se vean expuestos a un juicio anticipado e incluso a una pre-condena basada en los medios de comunicación.

 

De ello resulta especialmente importante conciliar el interés social que indudablemente provocan estos casos y su consecuente  obligatoria publicidad de las actuaciones judiciales por un lado, y el derecho a comunicar libremente información veraz con el respeto a las condiciones, para que el proceso se desarrolle con normalidad y no se produzca una colisión con derechos como la presunción de inocencia, la intimidad, imagen, el honor, entre otros.

 

Por otro lado, como parte importante del balance de este 2021, valoramos muy positivamente la iniciativa del Poder Ejecutivo de corresponder al contenido normativo que refiere a la asignación  presupuestaria de los órganos del sistema de justicia, de lo cual se ha anunciado un incremento en la partida correspondiente al Ministerio Público, cuestión sustancial para el fortalecimiento institucional del órgano en materias de tecnificación e investigación.

 

Dentro de los retos pendientes con relación al sistema de justicia entendemos que a la fecha debe continuarse fortaleciendo los niveles de independencia, eficiencia, transparencia y previsibilidad de los distintos órganos que interactúan.

 

Es necesario continuar en los procesos de reforma en curso, especialmente de conformidad a los presupuestos constitucionales que faltan por materializar, esto así pues la democracia, el desarrollo económico y social y la convivencia pacífica están atados a la existencia de un sistema de justicia eficaz, integrado por órganos gestionados adecuadamente y coherentes con sus misiones constitucionales.

 

Todo lo anterior debe complementarse con otras medidas que reforzarían la capacidad de persecución del crimen organizado y el delito, así como la creación de un ambiente de transparencia que es ineludible para el fortalecimiento de la democracia.

 

Quedan pendiente, como retos para el 2022, la realización del compromiso del Poder Ejecutivo de impulsar un conjunto de reformas, como la modificación de la Ley 10-04 de la Cámara de Cuentas, la adopción de un Código Penal consensuado y moderno; una nueva Ley de Contratación Publicas, entre otros aspectos prioritarios de una agenda legislativa prioritaria para vencer la opacidad y la corrupción.

 

2022 debe ser el escenario donde el Estado y la sociedad  establezcan mecanismos fluidos y ágiles que faciliten la colaboración interinstitucional, el intercambio de informaciones, lineamientos y datos, para que finalmente podamos superar la duplicidad de órganos y la burocratización de procesos que entorpecen el logro de soluciones efectivas.

 

 

Servio Tulio Castaños Guzmán

Vicepresidente Ejecutivo de FINJUS

 

Diciembre de 2021

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