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FINJUS propone mayores controles y sanciones a los partidos políticos en las nuevas leyes que se discuten Featured

En el marco de la discusión social sobre la adopción de las nuevas leyes de Partidos Políticos y Electoral, la Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc. (FINJUS) ha considerado oportuno proponer a los actores políticos, legislativos y electorales que intervienen en el debate, la necesidad de que se incluyan dos requisitos importantes que aumentan la transparencia en el sistema y mejoran los controles de la Junta Central Electoral. Consiste en que la JCE solo acepte la inscripción de las candidaturas de personas que presenten su Declaración Jurada de Patrimonio y una certificación de pago de impuestos y el establecimiento de sanciones, por parte de la JCE,  a los partidos y candidatos electos que no cumplan con dichas medidas.

 

El fortalecimiento institucional de nuestra democracia es una alta prioridad. En esa meta es esencial garantizar la estabilidad de sus instituciones más representativas, como el caso de los partidos y agrupaciones políticas. Esto implica adoptar reglas claras para su funcionamiento interno y la adecuación de sus obligaciones ante la ciudadanía a la realidad social actual. Estas tareas son fundamentales para una eventual reforma del sistema electoral y de partidos.

 

Las preocupaciones mencionadas surgen de los vacíos conceptuales y normativos que pueden identificarse en la aplicación de las leyes vigentes y en el funcionamiento de las organizaciones políticas. Por ello FINJUS, con el ánimo de aportar al fortalecimiento del Estado Social y Democrático de Derecho, ha venido presentando propuestas sobre las condiciones esenciales que deben ser destacadas para la discusión y aprobación de las reformas a las leyes electoral y de partidos políticos.

 

El debilitamiento y la baja credibilidad de los partidos políticos es consecuencia, entre otras causas, de la falta de transparencia en sus actos, tanto como organizaciones como a nivel de sus miembros. Consideramos que el principio de participación política debe ser coherente con un conjunto de requisitos de cumplimiento obligatorio para quienes se postulen a cargos públicos.

 

Por ello, proponemos que en la discusión de las nuevas leyes de partidos y régimen electoral se pondere incluir como requisito obligatorio que los candidatos a puestos electivos en el Congreso y los ayuntamientos presenten:

 

a) una certificación de pago de impuestos de los últimos tres años, y

b) una declaración jurada de bienes como prerrequisito para que la JCE inscriba su candidatura.

 

La presentación de dichos documentos a la JCE sería una responsabilidad directa del partido que presenta la candidatura.

 

Consideramos que esta propuesta refuerza la responsabilidad de los partidos y agrupaciones políticas como los mecanismos para canalizar la expresión de la voluntad popular y le da un papel activo en la creación de una cultura de transparencia en sus propias filas. De esta manera se contribuiría a superar el cuestionamiento de la ciudadanía a las malas prácticas de los miembros de partidos y agrupaciones en el ejercicio de las funciones públicas como representante en los órganos del Estado. Asimismo serviría como un primer filtro para neutralizar el uso de fondos públicos, en provecho particular y, por otro lado, esto implicaría un mayor nivel de rigor en el marco de la fiscalización directa de quienes se inserten en el escenario político-electoral.

 

Lo anterior no puede estar sujeto a una mera prohibición sin que se precisen consecuencias por su incumplimiento. Al incluir estos nuevos requisitos en las leyes mencionadas se crearía un sistema de consecuencias para que permita a la Junta Central Electoral aplicar sanciones efectivas ante un incumplimiento de las normas.

 

Si bien existen mecanismos sancionatorios por parte de la Administración en el marco de las Declaraciones Juradas de Patrimonio, creemos que igual o mayor relevancia debe dársele al uso de estas herramientas dentro de los partidos políticos, a través de la Ley Electoral. Por tanto, debemos insistir en que la inscripción o no de las candidaturas debería depender de una verificación, aceptación y/o rechazo por parte de la JCE, tal y como lo disponga la ley.

 

En otro tenor, la FINJUS ha mostrado un alto interés sobre la observancia al principio de igualdad que debe imperar en todo sistema político. Esto implica repensar la naturaleza potencialmente nociva de ser al mismo tiempo alto directivo de una organización política y, a su vez, ocupar un alto puesto en el seno de la administración pública. Aunque ambas tareas no son excluyentes, deben estar condicionadas a determinadas características.

 

Este argumento surge por la necesidad de enfrentar a quienes usan indebidamente los puestos de dirección partidarios para obtener favores en el Estado o viceversa. Con ello evitamos que, “…un candidato pueda prevalecerse de una posición de poder para favorecer su elección, bien porque desde la misma pueda ejercer presiones o influencias abusivas sobre el conjunto del electorado […] en beneficio de su candidatura y en perjuicio de las restantes, bien porque pueda de cualquier otra forma romper la igualdad de oportunidades que debe existir entre las distintas candidaturas[1].

 

Esta idea, además de ser enfocada en el marco eleccionario, debe ser atendida en el ejercicio cotidiano de los actores políticos, ya que permite un mayor nivel de institucionalidad y legitimidad tanto de la función de servidor público como la de militante político. De esta forma se logran importantes distinciones que establecen un límite en las pugnas internas de los partidos por la búsqueda inescrupulosa de puestos de poder en la Administración.

 

Ahora bien, podríamos preguntarnos, ¿de qué manera sería esto posible? A nuestro juicio, los miembros de la dirección de los partidos que opten por un cargo público lo harían de manera honorífica, es decir, tendrían que renunciar de manera inmediata al salario de la función pública y se crearía una vía de remuneración única y pública a través del mismo partido.

 

Para eficientizar esta medida se hace inminente contar con un sistema de consecuencias que dé mayor control a la JCE sobre las actuaciones internas de los miembros de los partidos. En ese sentido, la Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas deberá establecer esta condición explícitamente para los militantes en puestos de dirección de los partidos  so pena de sanciones por parte del órgano electoral, como podrían ser: la suspensión de los fondos otorgados al partido que se viere implicado y la anulación del acta de elección del candidato que resultare electo, con las consecuencias que ello lleva implícito.

 

Las propuestas que hemos plasmado en el presente documento no son más que el resultado de un planteamiento continuo de aportes que permitirían fortalecer el Estado Social y Democrático de Derecho. El sistema político de nuestro país está obligado a reconfigurarse para poder garantizar seguridad jurídica y un clima de estabilidad nacional cuya dirección sea la promoción del bienestar social y económico de la ciudadanía.

 

Dr. Servio Tulio Castaños G.

Vicepresidente Ejecutivo FINJUS

22 de marzo del 2017.


[1] SÁNCHEZ MUÑOZ, Óscar. La igualdad de oportunidades en las competencias electorales. Madrid: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales. 2007. P. 93.

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