La CámaradeCuentasRD y FINJUSRD firmaron un convenio de cooperación interinstitucional con el propósito de fortalecer los vínculos entre ambas entidades y promover iniciativas conjuntas en los ámbitos de la fiscalización, la educación superior, la investigación social y la mejora institucional del órgano constitucional de control externo.
El convenio, rubricado por la Dra. Emma Polanco Melo y por el Dr. @serviotuliocastanos, establece un marco general de colaboración orientado al desarrollo de reformas normativas, mejoras regulatorias y evaluaciones institucionales, así como a la implementación de programas académicos y de formación continua desde la @ecuentasrd.
EL ROL SOCIAL DE UNA CÁMARA DE CUENTAS EN LA DEMOCRACIA CONTEMPORÁNEA
El Estado de bienestar no es simplemente un modelo económico, sino un proyecto político y normativo basado en la idea de que el Estado tiene la responsabilidad activa de garantizar niveles mínimos de bienestar para todos sus ciudadanos, mediante la provisión de bienes y servicios públicos como salud, educación, pensiones, vivienda y protección contra el desempleo. Este modelo se fundamenta en principios como universalidad, solidaridad, redistribución y justicia social. Pero su viabilidad y legitimidad dependen de un elemento clave: la confianza pública en que los recursos colectivamente recaudados son correctamente gestionados y efectivamente distribuidos en el bienestar común.
En ese contexto, la Cámara de Cuentas cumple una función esencial, pues representa la garantía institucional de que el gasto público es conducido con responsabilidad, transparencia y eficiencia. Si el Estado recauda impuestos para financiar políticas universales, entonces la ciudadanía tiene el derecho y el deber de saber cómo se usan esos recursos. El control externo del gasto no solo evita la corrupción, sino que también protege la integridad del propio pacto social que sostiene al Estado de bienestar.
El convenio, rubricado por la Dra. Emma Polanco Melo y por el Dr. @serviotuliocastanos, establece un marco general de colaboración orientado al desarrollo de reformas normativas, mejoras regulatorias y evaluaciones institucionales, así como a la implementación de programas académicos y de formación continua desde la @ecuentasrd.
El acuerdo fue suscrito en el marco del conversatorio “El rol social de una Cámara de Cuentas en la democracia contemporánea”, con motivo del relanzamiento de la Escuela Nacional de Cue
La Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) expresa su respaldo a las recientes declaraciones de la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, quien ha exhortado al Congreso Nacional a aprobar el nuevo Código Penal. La procuradora subrayó la necesidad urgente de actualizar el marco legal para garantizar sanciones proporcionales y adecuadas a la gravedad de los delitos, señalando que la legislación vigente está desfasada y no responde a la realidad actual delictiva.
La reforma del Código Penal no solo moderniza el sistema legal, sino que también permite incorporar respuestas más eficaces frente a las nuevas formas de criminalidad. Este proceso es esencial para fortalecer la política criminal y mejorar la eficiencia del sistema de justicia, al dotarlo de mayor coherencia y claridad en la aplicación de las normas.
Desde FINJUS hemos participado activamente en las discusiones legislativas sobre la reforma penal y reiteramos que su aprobación es impostergable. El sistema actual está rezagado y no ofrece herramientas jurídicas adecuadas ante los diversos modelos de criminalidad que han emergido en las últimas décadas. La inclusión de nuevas figuras penales, como el sicariato, representa un paso crucial en la lucha contra la violencia y el crimen organizado.
La realidad que enfrenta hoy la República Dominicana dista considerablemente de aquella existente en 1884, año en que fue promulgado el actual Código Penal, y también difiere de la de 2007, cuando se realizó su última modificación.
Nos encontramos ante un momento crítico: con un Código Penal insostenible y un Código Procesal Penal en riesgo de perder vigencia si no se conocen las reformas dentro del plazo otorgado por el Tribunal Constitucional, el sistema de justicia penal dominicano podría enfrentar un retroceso que pondría en peligro los logros alcanzados en las últimas décadas.
Como ocurre con otros problemas jurídico-sociales, es importante subrayar que esta situación tiene décadas de evolución, y lo que observamos cada año es su agravamiento. Aunque no existe una solución inmediata, hemos llegado a un punto en el que ya no es posible seguir postergando su abordaje. Urge aprovechar este momento con un espíritu de concertación profunda y resaltar la necesidad de integrar al ordenamiento legal tipos penales novedosos como la estafa piramidal, el abandono de adultos mayores, el feminicidio, los abusos de autoridad, el acoso sexual, el bullying, los disparos imprudentes, entre otros.
En pleno siglo XXI, caracterizado por un enfoque reforzado en los derechos humanos —con especial énfasis en el debido proceso, la presunción de inocencia y la proporcionalidad de las penas—, resulta preocupante que el discernimiento judicial deba recurrir repetidamente a la legislación comparada ante la falta de respuestas adecuadas en el marco normativo vigente.
El Poder Legislativo tiene, en ese sentido, la obligación de conocer y aprobar un nuevo régimen penal que permita responder a la evolución escalonada de las formas delictivas en el país. Esta labor forma parte esencial de su rol como garante del bienestar general, el orden público y la protección efectiva de los derechos fundamentales de toda la ciudadanía.
Asimismo, es necesario advertir que el estudio y eventual aprobación de esta pieza legislativa debe hacerse de forma coordinada con la normativa procesal penal y con las leyes especiales que regulan materias afines. Solo así se evitarán contradicciones normativas que, una vez promulgado el Código, puedan entrar en conflicto con otras conquistas significativas del derecho moderno.
Finalmente, la importancia del alcance de la política penal es esencial para combatir eficazmente la criminalidad, al tiempo que se respete la dignidad y los derechos de las personas. En tal sentido, valoramos la reforma del Código Penal bajo consideración en las cámaras legislativas y a la vez planteamos la necesidad de priorizar su conocimiento con detenimiento y profundidad.
Servio Tulio Castaños Guzmán
Vicepresidente Ejecutivo de FINJUS.
16 de junio, 2025
Sobre el Proyecto de Ley de Libertad de Expresión, Medios Audiovisuales y Plataformas Digitales remitido al Senado de la República
La libertad de expresión e información es un derecho fundamental consagrado en el artículo 49 de nuestra Constitución y representa uno de los pilares esenciales de toda sociedad democrática. Esta facultad no solo permite a cada individuo expresar sus pensamientos y opiniones sin temor a coacción o represalias, sino que también garantiza el acceso a información veraz y oportuna como base indispensable para el ejercicio pleno de esta libertad.
Desde la Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc. (FINJUS), valoramos profundamente la propuesta legislativa contenida en el proyecto de Ley de Libertad de Expresión y Medios de Comunicación, elaborado por la Comisión Consultiva para la Libertad de Expresión y remitida al Senado por el presidente de la República. Consideramos que este instrumento jurídico está alineado con la realidad actual del país y que su estructura normativa refleja un esfuerzo por ofrecer un marco legal coherente, moderno y respetuoso de los principios democráticos.
La redacción del anteproyecto se caracteriza por su precisión terminológica y por evitar ambigüedades, un aspecto crucial en una materia tan sensible como lo es la libertad de expresión. Además, su contenido reconoce de manera explícita que este derecho no es absoluto, sino que debe ejercerse en armonía con otros derechos igualmente protegidos, como el honor, la intimidad, la dignidad y la moral, especialmente en lo que concierne a niños, niñas y adolescentes.
El proyecto de Ley aborda de manera puntual el papel de las plataformas digitales en la difusión de contenidos, reconociendo su creciente influencia en la formación de opinión pública y en el ejercicio del derecho a la libertad de expresión. Se establecen disposiciones orientadas a garantizar la responsabilidad de las plataformas digitales, sin comprometer el carácter abierto y plural de estos espacios. Además, se introduce un marco normativo que regula la protección de datos personales y la prevención de la desinformación, procurando siempre mantener el equilibrio entre la libertad de expresión y la protección de otros derechos fundamentales.
Es particularmente destacable el tratamiento que se otorga a las amenazas que enfrentan los menores en el entorno digital. La legislación propuesta presta especial atención a estos desafíos, integrando medidas que buscan preservar la integridad física, emocional y moral de este grupo vulnerable.
Otro aspecto de relevancia es el conjunto de principios recogidos, que promueven la diversidad en los medios de comunicación y fortalecen la integridad de las personas. Asimismo, se valora la importancia del debido proceso como principio rector en la aplicación de normas civiles, procesales y penales relacionadas con la libertad de expresión.
También resaltamos la inclusión de la figura de la desindexación —mecanismo mediante el cual se puede solicitar la eliminación de contenidos en buscadores digitales—, operando a través de una orden judicial y bajo criterios objetivos, reglamentados y siempre que se compruebe un daño real y significativo. Esta figura equilibra los derechos de quienes podrían resultar afectados por determinadas publicaciones con la necesidad de no restringir de manera injustificada la expresión de pensamientos legítimos.
En cuanto a las infracciones, observamos que están diseñadas con mesura y en concordancia con la gravedad del perjuicio causado, haciendo hincapié en el principio de proporcionalidad. La injuria, difamación y expresiones discriminatorias encuentran un justo balance entre la necesidad de preservar la dignidad humana y el respeto por el libre ejercicio del pensamiento. De manera acertada, se establece un régimen de consecuencias para los discursos que fomenten prejuicios por razones de origen racial, ideológico o religioso, lo cual fortalece el deber estatal de garantizar la igualdad y no discriminación.
En términos institucionales, el anteproyecto introduce la creación del Instituto Nacional de Comunicación (INACOM), adscrito al Ministerio de Cultura, como entidad responsable de velar por la promoción de las libertades de expresión e información, la supervisión de los prestadores de servicios de comunicación y la garantía de una programación diversa y plural. Con ello se suprime la actual Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía, estableciendo un nuevo marco institucional más alineado a la actualidad.
La libertad de expresión, en definitiva, es un derecho en constante evolución, estrechamente vinculado al desarrollo democrático y al fortalecimiento del Estado Social y Democrático de Derecho. Este derecho permite la coexistencia de la pluralidad en la sociedad, refuerza la tolerancia y contribuye al fortalecimiento de la calidad en la gestión de los asuntos públicos.
Desde FINJUS, reiteramos que el presente proyecto representa un avance significativo hacia una regulación justa, equilibrada y moderna para la protección de la libertad de expresión en la República Dominicana. Agradecemos la oportunidad de contribuir al debate sobre este tema y reiteramos la disposición de seguir colaborando en la construcción de un marco legal que fortalezca nuestra democracia y respete plenamente la dignidad humana.
Servio Tulio Castaños Guzmán
Vicepresidente Ejecutivo FINJUS.
25 de mayo, 2025
SIMV y FINJUS firman acuerdo interinstitucional en pro de la educación financiera.
Conscientes de la importancia de la educación financiera para presentes y futuras generaciones, la Superintendencia del Mercado de Valores (SIMV) y la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) firmaron un acuerdo de colaboración, mediante el cual se comprometieron a aunar esfuerzos para fomentar el mercado de valores, la inclusión financiera y la protección al inversionista.
Compartir contenido educativo en colaboración a través de las redes sociales, invitar personal de la SIMV a cursos y programas de FINJUS, así como realizar cursos y diplomados de manera conjunta enfocados en los participantes del mercado de valores y público en general, serán algunas de las acciones a ejecutar para lograr los objetivos planteados.
Además, se acordó, contribuir en la formación integral e inclusión financiera en las comunidades y grupos vulnerables actualmente identificados por FINJUS, así en nuevas localidades y sectores que pudieran ser identificados de manera conjunta.
El superintendente del Mercado de Valores, Ernesto Bournigal, junto con el presidente del Consejo Directivo de FINJUS, Rafael del Toro, y el vicepresidente ejecutivo de FINJUS, Servio Tulio Castaños, coincidieron en que esta alianza estratégica representa un avance significativo para la educación financiera en el país.
Además, refuerza el compromiso de ambas entidades con la divulgación de información clara y accesible.
Por su lado, Rafael Del Toro enfatizó que este es el primer convenio de este tipo firmado con una entidad reguladora, señalando: "Es una iniciativa impulsada por nuestro Consejo de Administración, pues uno de los pilares fundamentales de FINJUS es la institucionalidad, y el regulador juega un papel clave en la consolidación del mercado."
Finalmente, el señor Servio Tulio resaltó la importancia de este acuerdo al considerar que se alinea perfectamente con la misión de desarrollo del país.
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La Fundación institucionalidad y Justicia (FINJUS), extiende sus más profundas condolencias a la familia Marranzini Pérez, en la partida al Señor de Doña Mary, quien por décadas fue el mayor ejemplo de solidaridad, sensibilidad, dedicación y entrega hacia los demás en la sociedad dominicana. Su trabajo tesonero y constante dio vida a los ideales de Justicia y Servicio
Nuestro cálido abrazo para Andrés, fundador miembro de nuestra Asamblea y Celso, miembro de nuestro Consejo de Directores y con ellos a toda la familia, comprometida con los ideales de democracia, equidad y justica en nuestro país.
Descanso eterno para Doña Mary Pérez de Marranzini.
Sobre el Proyecto de Ley de Libertad de Expresión, Medios Audiovisuales y Plataformas Digitales remitido al Senado de la República
La libertad de expresión e información es un derecho fundamental consagrado en el artículo 49 de nuestra Constitución y representa uno de los pilares esenciales de toda sociedad democrática. Esta facultad no solo permite a cada individuo expresar sus pensamientos y opiniones sin temor a coacción o represalias, sino que también garantiza el acceso a información veraz y oportuna como base indispensable para el ejercicio pleno de esta libertad.
Desde la Fundación Institucionalidad y Justicia, Inc. (FINJUS), valoramos profundamente la propuesta legislativa contenida en el proyecto de Ley de Libertad de Expresión y Medios de Comunicación, elaborado por la Comisión Consultiva para la Libertad de Expresión y remitida al Senado por el presidente de la República. Consideramos que este instrumento jurídico está alineado con la realidad actual del país y que su estructura normativa refleja un esfuerzo por ofrecer un marco legal coherente, moderno y respetuoso de los principios democráticos.
La redacción del anteproyecto se caracteriza por su precisión terminológica y por evitar ambigüedades, un aspecto crucial en una materia tan sensible como lo es la libertad de expresión. Además, su contenido reconoce de manera explícita que este derecho no es absoluto, sino que debe ejercerse en armonía con otros derechos igualmente protegidos, como el honor, la intimidad, la dignidad y la moral, especialmente en lo que concierne a niños, niñas y adolescentes.
El proyecto de Ley aborda de manera puntual el papel de las plataformas digitales en la difusión de contenidos, reconociendo su creciente influencia en la formación de opinión pública y en el ejercicio del derecho a la libertad de expresión.
Se establecen disposiciones orientadas a garantizar la responsabilidad de las plataformas digitales, sin comprometer el carácter abierto y plural de estos espacios. Además, se introduce un marco normativo que regula la protección de datos personales y la prevención de la desinformación, procurando siempre mantener el equilibrio entre la libertad de expresión y la protección de otros derechos fundamentales.
Es particularmente destacable el tratamiento que se otorga a las amenazas que enfrentan los menores en el entorno digital. La legislación propuesta presta especial atención a estos desafíos, integrando medidas que buscan preservar la integridad física, emocional y moral de este grupo vulnerable.
Otro aspecto de relevancia es el conjunto de principios recogidos, que promueven la diversidad en los medios de comunicación y fortalecen la integridad de las personas. Asimismo, se valora la importancia del debido proceso como principio rector en la aplicación de normas civiles, procesales y penales relacionadas con la libertad de expresión.
También resaltamos la inclusión de la figura de la desindexación —mecanismo mediante el cual se puede solicitar la eliminación de contenidos en buscadores digitales—, operando a través de una orden judicial y bajo criterios objetivos, reglamentados y siempre que se compruebe un daño real y significativo. Esta figura equilibra los derechos de quienes podrían resultar afectados por determinadas publicaciones con la necesidad de no restringir de manera injustificada la expresión de pensamientos legítimos.
En cuanto a las infracciones, observamos que están diseñadas con mesura y en concordancia con la gravedad del perjuicio causado, haciendo hincapié en el principio de proporcionalidad. La injuria, difamación y expresiones discriminatorias encuentran un justo balance entre la necesidad de preservar la dignidad humana y el respeto por el libre ejercicio del pensamiento. De manera acertada, se establece un régimen de consecuencias para los discursos que fomenten prejuicios por razones de origen racial, ideológico o religioso, lo cual fortalece el deber estatal de garantizar la igualdad y no discriminación.
En términos institucionales, el anteproyecto introduce la creación del Instituto Nacional de Comunicación (INACOM), adscrito al Ministerio de Cultura, como entidad responsable de velar por la promoción de las libertades de expresión e información, la supervisión de los prestadores de servicios de comunicación y la garantía de una programación diversa y plural. Con ello se suprime la actual Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía, estableciendo un nuevo marco institucional más alineado a la actualidad.
La libertad de expresión, en definitiva, es un derecho en constante evolución, estrechamente vinculado al desarrollo democrático y al fortalecimiento del Estado Social y Democrático de Derecho. Este derecho permite la coexistencia de la pluralidad en la sociedad, refuerza la tolerancia y contribuye al fortalecimiento de la calidad en la gestión de los asuntos públicos.
Desde FINJUS, reiteramos que el presente proyecto representa un avance significativo hacia una regulación justa, equilibrada y moderna para la protección de la libertad de expresión en la República Dominicana. Agradecemos la oportunidad de contribuir al debate sobre este tema y reiteramos la disposición de seguir colaborando en la construcción de un marco legal que fortalezca nuestra democracia y respete plenamente la dignidad humana.
Servio Tulio Castaños Guzmán
Vicepresidente Ejecutivo FINJUS.
6 de mayo, 2025